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miércoles, 8 de agosto de 2012

FAIE reclama la igualdad religiosa en las reformas al Código Civil.



En su declaración pública del 25 de junio, la Federación Argentina de Iglesias Evangélicas manifestó que el proyecto de Reforma al Código Civil y Comercial “debe incluir el reconocimiento a la diversidad de las expresiones y comunidades de la fe”. En nuestro país subsisten instituciones discriminatorias, como la Ley de Cultos y privilegios legales con la Iglesia Católica que profundizan la desigualdad con el resto de las confesiones. Las iglesias herederas de la Reforma aseguran que no se trata de una ampliación de privilegios, sino de “fortalecer el espacio democrático, republicano y plural que queremos construir donde no haya más voces hegemónicas que pretendan monopolizar todas las voces”. Leer la declaración y las consideraciones de FAIE.

Por la igualdad, la ampliación de derechos y contra la discriminación

Sobre la Reforma al Código Civil y su significación en el ámbito religioso.


Al presentar el proyecto de Reforma al Código Civil y Comercial (RCCC), la Presidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, destacó la intención de asegurar la igualdad a todos los habitantes de la Nación, enfatizando: “…el sesgo de la libertad e igualdad que es lo que campea en toda nuestra Constitución… asegurar la libertad y la dignidad de las personas para elegir su forma de vida.”

La ampliación de derechos y la lucha contra toda forma de discriminación, son los principios que motivan esta reforma. Como instituciones religiosas y organizaciones civiles claramente comprometidos con la libertad e igualdad, celebramos el camino emprendido, tal como lo hemos expresado al apoyar cada lucha contra la discriminación racial, de género, étnica o los prejuicios sufridos por los pueblos originarios.

El establecimiento de diferencias, y menos aun de privilegios, basados en filiación religiosa o creencias, son contrarios tanto a la fe que profesamos como a los principios filosóficos y jurídicos que animan esta reforma legislativa.

Consideramos que para avanzar hacia la libertad e igualdad, pilares fundamentales para un Estado Constitucional, Social, Democrático y de Derecho, el presente proyecto de RCCC debe incluir el reconocimiento a la diversidad de las expresiones y comunidades de la fe que alberga nuestro pueblo, a su especificidad y funcionamiento.

En esta materia subsisten instituciones discriminatorias creadas por gobiernos de facto, como la Ley de Registro de Cultos (ley 21.745), establecida por la última dictadura cívico-militar, cuya derogación reclamamos. Por otro lado durante el gobierno de Juan Carlos Onganía se introdujo el reconocimiento de la Iglesia Católica como persona pública -que se prolonga en el actual proyecto. Ello genera desigualdad frente a las demás confesiones, credos y creencias, tanto a nivel institucional, como de sus ministros y de sus creyentes, perjudicando a la cuarta parte del pueblo argentino que abraza otras creencias o ninguna1.

Coincidimos con nuestra Presidenta Cristina Fernández de Kirchner cuando afirmó que necesitamos “tener instrumentos que les sirvan a todos los hombres y a todas las mujeres cualquiera sea el Dios al que le rece o aún cuando no tenga ningún dios para quien hacerlo.” Si la RCCC busca superar institutos desactualizados, desigualdades injustificables y restricciones a la plena libertad de los ciudadanos, esta es una buena oportunidad para corregir también este asunto. Si la Iglesia Católica deja de ser una persona pública, y debe acogerse a las mismas obligaciones y derechos de las otras entidades religiosas, quedará en evidencia la arbitrariedad que significa imponer a las instituciones religiosas las pautas y criterios que rigen a las asociaciones civiles creadas para otros fines. Sostenemos que deberá buscarse una legislación consensuada adecuada a las funciones y responsabilidades propias de lo religioso. Y ello redundará en beneficio de todas las personas y credos por igual.

Nos inspira un espíritu ecuménico y de diálogo que propicia la igualdad de las condiciones de todos los participantes. Las asimetrías jurídicas, los privilegios consentidos por el estado y las diferencias legales afectan claramente la posibilidad de un diálogo que asegure a todos los participantes una plena libertad frente a si mismos, frente a los demás y frente al estado que, imparcialmente, debe contenernos a todos por igual.


Federación Argentina de Iglesia Evangélicas

25 de Junio de 2012


1 Datos de la PRIMERA ENCUESTA SOBRE CREENCIAS Y ACTITUDES RELIGIOSAS EN




Consideraciones acerca de la reforma del Código Civil argentino

Como un signo positivo de la ampliación y profundización de derechos en un contexto de amplia diversidad, las iglesias firmantes vemos con satisfacción el envío desde el Poder Ejecutivo al Congreso de la Nación Argentina de un anteproyecto de adecuación del Código Civil y Comercial que ha de regir las relaciones entre las organizaciones de la sociedad civil y las y los ciudadanos que habitan el territorio nacional entre si y el Estado en la República Argentina. Somos iglesias que pertenecen a la Comunión de Iglesias de la Reforma(Iglesias Evangélica Valdense, Luterana Unida, Reformada, Metodista y del Río de la Plata; herederas del pensamiento y compromiso social y humano de la Reforma Protestante del siglo XVI) y deseamos contribuir con los siguientes aportes a lo propuesto por la Comisión que ha trabajado arduamente para desarrollar magna tarea.

Nos acompaña en esta iniciativa, con el objetivo de construir puentes que faciliten el diálogo entre nuestras comunidades y la Comisión Legislativa que el Congreso acaba de designar, la Declaración pública realizada por la Federación Argentina de Iglesias Evangélicas (FAIE) el día 25 de junio del corriente. Juntos y juntas celebramos con alegría el esfuerzo de adecuación del Código a las diversas leyes que en años anteriores fueron sancionadas en el ámbito del Congreso nacional.

Creemos que sería necesario introducir otras modificaciones al mencionado Código con el fin de asegurar la igualdad jurídica entre los diversos Cultos en la República. Desde el año 1869, el Código Civil establece, en el Artículo 33, una diferencia jurídica entre una de esas comunidades de fe y los demás Cultos que ejercen sus actividades en el país, asignándole a la personería jurídica de una de ellas el carácter público, misma categoría que comparte con el Estado Nacional, las Provincias, los Municipios, y las entidades autárquicas. Los demás Cultos presentes en la República Argentina poseen la personería jurídica de carácter privado, siendo equiparados con asociaciones civiles, fundaciones y sociedades civiles. Esta situación establece claramente una situación de discriminación y de privilegios que no consideramos justo ni saludable al pluralismo del que formamos parte y al que queremos profundizar como una señal de salud cívica en el marco de un Estado de Derecho.

El 1º de mayo de 1853 se redactó el Preámbulo de la Constitución Política de la Nación Argentina y, aún luego de las reformas constitucionales, en la actualidad conserva la redacción original. La Constitución redactada en aquél año se presenta como “de espíritu liberal y es ambigua en sus formulaciones. No propone la separación entre Iglesia y Estado pero tampoco una integración total”[1].

En el artículo 2 de la Constitución Nacional –nada más y nada menos que después de haber dado cuenta de la forma política de gobierno que nos hemos de dar como sociedad– se afirma que “El Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano”, instaurando así un status jurídico diferencial con respecto a otros Cultos. Si bien ésta es una afirmación que entonces y ahora consideramos discriminatoria, los mismos autores del texto constitucional limitan una lectura fundamentalista de este artículo -enfatizando en varios de sus artículos- que las y los ciudadanos tienen garantizada la igualdad de trato y de oportunidades, inclusive el de garantizar el libre ejercicio de sus creencias.

No obstante lo dicho, cabe aclarar en este punto que no es lo mismo libertad religiosa que igualdad religiosa. La libertad religiosa está claramente garantizada para que cada persona exprese su religiosidad, según lo establece el artículo 14 de la Constitución Nacional, pero entendemos que sin igualdad religiosa esa libertad se transforma en una mera declamación. El tiempo ha llegado para que éste Congreso garantice la igualdad de trato y de oportunidad sin privilegios de ningún tipo a fin de garantizar de hecho y por derecho el pleno ejercicio en igualdad para todas y todos los habitantes del territorio soberano argentino.

Esta propuesta de diálogo no busca una ampliación de privilegios. Esa es la discriminación que queremos terminar y que estamos seguros ha de fortalecer el espacio democrático, republicano y plural que queremos construir donde no haya más voces hegemónicas que pretendan monopolizar todas las voces. Mientras se siga sosteniendo desde el erario público a un Culto en particular no es posible siquiera pensar en la igualdad religiosa entre los diferentes cultos o comunidades religiosas presentes en nuestro país. Esta marcada diferencia entre libertad e igualdad religiosa es resultado del origen del Estado en la Argentina, “(...) desde su propia conformación, el Estado en Argentina no era laico, pero tampoco confesional. El catolicismo [romano], sin ser reconocido como religión oficial, ostentaba un status privilegiado”[2]. La equiparación jurídica de la Iglesia Católica romana con el Estado ha favorecido, además, la instauración de varias leyes con el fin de contribuir al sostenimiento económico del culto católico, sostenimiento profundizado durante la última dictadura militar y que ha establecido privilegios con respecto a otros cultos religiosos en la Argentina[3].

"Siembren semillas de justicia, cosechen el fruto de la fidelidad, roturen un campo nuevo, es tiempo de buscar al Señor, hasta que él venga y haga llover sobre ustedes la justicia" (Oseas 10, 12)



Iglesia Evangélica Valdense del Río de la Plata

Iglesia Evangélica Metodista Argentina

Iglesia Evangélica Luterana Unida

Iglesias Reformadas en Argentina

Iglesia Evangélica del Río de la Plata 

Buenos Aires, 5 julio de 2012




[1] Mallimaci, F. (2000). Catolicismo y Liberalismo: Las etapas del enfrentamiento por la definición de la Modernidad Religiosa en América Latina. Sociedad y Religión No 20/21, pp. 22-56.


[2] Esquivel, J. C. (2009). Cultura política y poder eclesiástico. Encrucijadas para la construcción del Estado laico en Argentina. Archives de Sciences des Religions 146 (abril-junio), pp. 41-59. 


[3] Entre ellas es posible nombrar: la Ley Nº 21.950, de asignación mensual a arzobispos y obispos; la 21.540, de asignación mensual a prelados eméritos; la 22.162, de asignación mensual a curas párrocos en zonas de frontera; la 22.950, de asignación mensual para la formación del clero; el Decreto Nº 1.131, que permite a los arzobispos y obispos recibir el pasaporte oficial, al igual que gobernadores, legisladores nacionales y miembros de la Corte Suprema de Justicia. Además, la Ley Nº 21.745, del año 1978, de creación del Registro Nacional de Cultos, establece que todas las entidades religiosas que ejerzan sus actividades de culto en la Argentina, a excepción de la Católica Romana, deben tramitar su inscripción y reconocimiento oficial.

domingo, 14 de agosto de 2011

Fe en aumento: El culto evangélico crece sin cesar.


Quizás porque garantizan un encuentro con Dios sin intermediarios. Porque conquistan a los feligreses con pastoreo las 24 horas y hasta online.

O porque su oficio religioso es participativo y la tarea social, constante. Las entidades evangélicas engrosaron el fichero de la Secretaría de Culto de la Nación: en apenas cinco años se anotaron 762 nuevos cultos, y la mayoría son evangélicos. De hecho, ya representan el 90% de los 4.390 cultos inscriptos oficialmente.

A pesar de que el catolicismo sigue siendo una creencia dominante en el país, la acelerada reproducción de sedes evangélicas y, en algunos casos, la puesta en marcha de un gran aparato marketinero, la convierten en un fenómeno religioso .

Esta “avanzada”, que tuvo su época de apogeo en los 80 y se instaló en la década pasada, obedece a varios factores. Para Andrea De Vita, directora general del Registro Nacional de Cultos, las estructuras tradicionales de la Iglesia católica caducaron. “Nuestro país dejó de ser oficialmente católico.

La gente tiene necesidad de pertenecer y tener un referente.

Muchos encontraron en los grupos evangélicos una forma de participar activamente de su religión, por ejemplo a través de la gran tarea social que los evangélicos hacen en los barrios”, opina.

El Registro Nacional de Cultos se creó en 1978 y por ley –la 21.745– supone que las entidades religiosas que ejerzan sus actividades en el país deben inscribirse.

Todas, menos la Iglesia católica, que goza de personería jurídica pública y además recibe unos $ 25 millones del Estado.

Por eso, cada pastor que abra un templo y que cumpla con una serie de requisitos, debe anotarse. Estar registrado da un marco de legalidad y además, otorga beneficios impositivos. En los últimos años, las iglesias que más crecieron fueron las bautistas y pentecostales. Dieron el envión para que la lista pase de 3.634 cultos en 2006 a 4.390 hoy.

Karin Krug, presidenta de la Federación Argentina de Iglesias Evangélicas, calcula que hay unas 15.000 congregaciones en todo el país. “Nos multiplicamos dividiéndonos – apunta–. Aun en las iglesias más multitudinarias, hay una atención personalizada, organizada por los pastores a través de líderes y colaboradores”. “La prédica de una fe comprometida con Dios y no tanto con los hombres, y la relación cercana con la gente explica el crecimiento”, señala Rubén Proietti, presidente de la Alianza Cristiana de Iglesias Evangélicas..

Juan Cruz Esquivel, sociólogo e investigador del área de Sociedad y Religión del Conicet, coincide: “Mientras la Iglesia mantiene una relación fría con sus fieles, el vínculo entre el pastor y los feligreses es más cercano . Las ceremonias son participativas y eso crea una red de pertenencia”.

En el imaginario popular, el evangélico está asociado al que predica con acento brasileño, a los gritos. Los que convirtieron los cines en templos.

“Sólo representan el 0,1% del total de evangélicos.

Pero además, ésa es una mirada estigmatizante del ‘otro’ religioso, incentivada por ciertos sectores católicos, y que se apoya en el origen mismo de ciertos grupos evangélicos masivos que eligieron para sus celebraciones el escenario de los cines.

Esa presencia popular en un espacio antes caracterizado por el consumo de cultura de las clases medias, molesta”, analiza Verónica Giménez Béliveau, socióloga e investigadora del Conicet.

En este escenario, ¿perdió lugar la Iglesia católica? “Lo importante es que cada vez más gente crea en Cristo. El gran tema que nos desafía a todos los cristianos, seamos católicos o evangélicos, es el crecimiento del paganismo . Ese es el gran reto”, responde el responsable de la comisión de Ecumenismo y Diálogo Interreligioso de la Iglesia católica en Buenos Aires, padre Fernando Giannetti.

Es cierto. En la Primera Encuesta sobre Creencias y Actitudes Religiosas en Argentina, realizada por Ceil-Piette Conicet hace tres años, los ateos se ubican detrás de los que se confiesan católicos y delante de los evangélicos.

Y son uno de cada diez argentinos. /clarín.com

El énfasis, en Jesús y la Biblia

Los evangélicos ponen énfasis en la relación personal con Jesús.

No veneran a la Virgen María, pero aceptan que Jesús nació de una virgen.

No creen en santos ni en imágenes y se distinguen de la Iglesia católica principalmente porque no tienen autoridad máxima: su jefe es la Biblia y no el Papa.

Más allá de la gran expansión evangélica, hay una nueva “categoría religiosa” en franco crecimiento en la Argentina.

Y son los creyentes que no canalizan su fe en ninguna institución. El sociólogo e investigador de Ceil-Piette Conicet Juan Cruz Esquivel–coordinador de la primera encuesta sobre Creencias y Actitudes Religiosas– los describe como “los cuentapropistas religiosos, aquellos que creen en Dios o en la Virgen María, pero su forma de expresarlo no se da en las iglesias”.

Los desafíos para la Iglesia Católica

Es habitual escuchar la afirmación de que la Iglesia católica está perdiendo fieles a expensas de las comunidades evangélicas.

El aumento de anotaciones de evangélicos en el Registro de Cultos parece confirmar esa extendida impresión.

Está claro que hay católicos que se pasaron en las últimas décadas a alguno de los muchos y variados grupos evangélicos.

Lo que está menos claro es cuántos lo hicieron. Si la cantidad fue realmente tan importante como suele creerse. Y cuáles fueron, en verdad, los motivos que los empujaron a pasarse.

En el Censo nacional de 1960 –el último que preguntó sobre la filiación religiosa–, el 90,5% se declaró católico y el 2,7% cristiano.

Casi 50 años después, una encuesta hecha por el Conicet y cuatro universidades nacionales arrojó que el 76,5% se define como católico, el 9% como evangélico, el 1,2% Testigo de Jehová y el 0,9% mormón.

La pérdida de católicos y el crecimiento de los evangélicos salta a la vista, pero ni la merma católica fue tan catastrófica (sobre todo considerando los cambios culturales), ni el crecimiento evangélico, tan arrollador.

Además, la lectura de los datos del Registro de Cultos exige un par de precisiones.

En primer término, que éste registra a cada pastor con su templo, que a veces es un pequeño local. La Iglesia católica es una y, por tanto, no se cuenta cada parroquia, iglesia o capilla que abre.

En segundo lugar, muchos de los que se inscriben, en caso de dejar de funcionar, no se borran del registro. También es cierto que no todos se anotan o demoran hacerlo.

En cuánto a los motivos del traspaso, la explicación no es tan simple. Es cierto que puede influir la cercanía personal y los vibrantes oficios de los evangélicos.

Pero donde la presencia sacerdotal es intensa, su influencia decae.

Además, no es fácil “competir” con algunos grupos evangélicos –es injusto generalizar– que prometen salud, trabajo y amor.

La creencia de que posiciones doctrinales duras de la Iglesia católica también favorecen el traspaso se choca con el hecho de que la mayoría de los grupos evangélicos se opuso con firmeza, por caso, a la ley de matrimonio entre personas del mismo sexo.

De todas maneras, es evidente que la Iglesia está siendo desafiada por los evangélicos. Como también –al igual que todas las religiones– por la increencia.

En el último medio siglo los no creyentes en el país saltaron del 1,62% al 11,3%. Un toque de atención.

Fuente: El intransigente

miércoles, 27 de abril de 2011

Ley de Culto y Embrollos Bizantinos.


Por Hilario Wynarczyk.
Buenos Aires.
La Red de Abogados Cristianos Evangélicos hizo una propuesta sobre la ley de culto en la Argentina, cuya idea central es derogarla y establecer una moratoria. (*)

La propuesta apareció en la edición del 21 de abril de Argentina Evangélica, el informativo digital editado por el Dr. Ricardo Docampo (1). Abogado de profesión, Docampo acredita un nivel importante de especialización en derecho eclesiástico del Estado y participa como dirigente de una rama numerosa de la Iglesia de los Hermanos Libres agrupada en FICEA, Federación de Iglesias Cristianas Evangélicas de la Argentina.
Para comprender la propuesta de “ley de libertad religiosa” debemos recordar que la norma actualmente vigente surgió en los albores de la dictadura 1976-1983. Esta norma establece una asimetría en el campo religioso, desfavorable para las iglesias no-católicas, y presenta además rasgos comunes con otra legislación que data de mediados del siglo XX.

A partir de la década de 1980 se sucedieron numerosos movimientos para tratar de modificar el marco legal, en gran parte debido a la actuación de juristas católicos de notable formación especializada y realmente interesados en modernizar el sistema, pero los procedimientos de consultas y propuestas nunca llegaron a cambiar nada, sumidos una vez y otra vez en una situación de empate, que técnicamente se llama en ciencia política: un caso de suma-cero.

Con esos antecedentes muy básicos, antes de reproducir textualmente la propuesta deseo exponer unas reflexiones personales, basadas en mi experiencia acerca del debate sobre la ley de culto, del cual fui en parte testigo y en parte actor, luego de haber pertenecido en el lapso de 1999-2001, durante la presidencia de Fernando de la Rúa, a un cuerpo de asesores de la Secretaría de Culto de la Cancillería.

Este problema, que concitó la movilización social de los evangélicos hasta alcanzar su punto de ebullición entre 1999 y 2001, ha constituido en cierto modo el núcleo de mi libro de investigación sociológica titulado "Ciudadanos de dos mundos, el movimiento evangélico en la vida pública argentina, 1980-2001” (2).
Fui dentro de dicho contexto histórico un entusiasta de la producción de un nuevo proyecto de ley y coloqué muchas energías en ese emprendimiento por más de una década. Sin embargo en los últimos tiempos he llegado a la conclusión de que toda propuesta de un nuevo proyecto de ley de culto está destinada a una dinámica bizantina de toques y retoques, cuyo resultado es siempre el mismo: “todo queda igual como era entonces”.

Esta dinámica bizantina se encuentra analizada (y pido disculpas por la auto-referencia) en mi contribución bibliográfica antes mencionada. Una parte específica del texto expone las claves jurídicas y describe cronológicamente los juegos de idas y venidas, las incidencias de los “especialistas en sectas” con sus alarmantes teorías de la invasión de las sectas y el lavado de cerebros, las reacciones de actores de la Justicia y del Poder Legislativo, y las propias diferencias entre palomas y halcones, negociadores y radicales, al interior del campo evangélico y del campo católico, que jugaban un rol en el resultado de “suma-cero”.
En particular aprendí que algunos legisladores no conocen el asunto, a otros no les interesa, otros ven demasiados problemas y prefieren guardar las propuestas en un cajón del escritorio, mientras que otros eventualmente mantienen algunas relaciones con la derecha nacionalista y la correspondiente teoría integrista del "ser nacional", o aceptan la influencia de los “especialistas en sectas”, y así siguiendo.

En fin, no hace falta leer todo el libro ya mencionado (son demasiadas páginas y el texto muy técnico) pero pueden resultar ilustrativas las partes específicamente atinentes al asunto que aquí nos ocupa.
Para expresar de nuevo el argumento básico de esta comunicación, ahora de una manera muy simple, digamos que todos los movimientos alrededor de la ley de culto parecen destinados a seguir con un embrollo bizantino, y agregaría aquí que posiblemente ya ni los propios líderes evangélicos (o unos cuantos de ellos) conservan su interés en el asunto, porque con el Estado se las arreglan mejor de otras formas.

Debido a estos pensamientos, a los que arribé solamente desde hace aproximadamente un año (digamos en el 2010 para tornar las cosas más gráficas), le encuentro sentido a la exposición de la propuesta.
No entro en comentarios de los detalles técnicos de su planteo. Es posible que la propuesta esté equivocada. O carezca de eficacia práctica en estos momentos. Pero expresa una posición sustancialmente diferente a las que hemos estado manejando hasta ahora en general, y las que siguen apareciendo.

Como una voz disidente conviene escucharla y reflexionar. Quizás éste (nada más, y nada menos) sea el mejor resultado de la propuesta. Esa es mi perspectiva básica.

La propuesta se refiere al Registro Nacional en el que se deben inscribir las iglesias no-católicas (históricamente conocido con el término un poco infamante de “fichero de culto”), el artículo 33 del código civil que establece el carácter de persona de derecho público para la Iglesia Católica Romana y constituye, por defecto, el estatus de asociaciones civiles de las iglesias no-católicas, y el problema de la personería jurídica específicamente “religiosa” para las organizaciones religiosas no-católicas (cuyo estatus es de lo contrario, similar al de un club). Son éstas, en fin, algunas claves cuya mención resulta inevitable.+ (PE)
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(*) La presentación del texto editado en la publicación digital “Argentina Evangélica” del 21 de abril del 2011es la siguiente:
“La Red de Abogados Cristianos Evangelicos ha hecho la siguiente propuesta a efectos de que deje de regirnos la ley 21.745 sancionada en tiempos de la dictadura militar. Esta propuesta seguramente tendrá el apoyo de los todos credos de Argentina. Esta propuesta solo propone postergar por un tiempo el tratamiento de un proyecto amplio de libertad religiosa ya que los líderes religiosos no se han puesto de acuerdo con el último proyecto a pesar de los esfuerzos y colaboración de la Secrearia de Culto de la Nación. La propuesta hace a la terminación inmediata y de una vez por todas de un registro de la dictadura militar y de una ley nefasta y anticonstitucional.
El anteproyecto propuesto dice:
a) Derogar la ley 21.745, leyes complementarias, decretos y resoluciones.
b) Suprimir para siempre el Registro Nacional de Cultos
c) Modificar el art. 33 del Código Civil argentino e incluir el reconocimiento de la personería jurídica de las Iglesias y Comunidades conforme a su propia estructurareligiosa
d) La personería jurídica de las Iglesias y Comunidades religiosas será otorgada por una Dirección Nacional de Personas Religiosas a crearse dependiente de la Secretaria de Culto del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación.
e) El otorgamiento de dicha personería implicará automáticamente su reconocimiento como entidad de bien publico y su exención impositiva sin necesidad de trámite alguno.
f) Las actuales entidades religiosas conservarán su personería, exenciones y derechos pudiendo adecuar sus estatutos ante la nueva DNPR a crearse“.
(1) Argentina Evangélica. Director: Dr. Ricardo Docampo. Correo eletrónico:ArgentinaEvangelica@fibertel.com.ar.
(2)Buenos Aires, 2009, UNSAM Edita, 391 páginas.
Hilario Wynarczyk, doctor en sociología, se especializa en las iglesias del campo evangélico y sus relaciones con la sociedad civil, el Estado y la política. A continuación de “Ciudadanos de dos mundos”, publicó recientemente “Sal y luz a las naciones. Evangélicos y política en la Argentina (1980-2001)”. Buenos Aires, 2010, Instituto Di Tella y Siglo XXI. 222 páginas.
Nota. Los dos libros están disponibles en las cadenas de Librerías Santa Fe, El Ateneo, Hernández, Paidós y otras. En el circuito librero evangélico, en la librería Certeza. Pueden ser consultados sin costo en bibliotecas universitarias; entre ellas, las de la institución de formación teológica ISEDET, FLACSO Buenos Aires, Universidad Di Tella, UADE.
PreNot 9479
110428

Fuente: ECUPRES
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