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domingo, 17 de marzo de 2013

Guatemala: Indígenas denuncian racismo y discriminación del parte de sistema de justicia.


Servindi, 16 de marzo, 2013.- Más de una docena de pueblos indígenas del país articulados en el Consejo de Pueblos de Occidente (CPO), repudiaron el proceder de la justicia que los discrimina y desprecia sus vidas, indicaron en una reciente declaración.
Entre los diversos casos denuncian que la Corte de Constitucionalidad negó el derecho a la consulta previa establecido en el Convenio sobre Pueblos Indígenas N° 169 de la Organización Internacional de Trabajo en respuesta a una Acción de Inconstitucionalidad de la ley de minería.
También mencionan que si bien la Corte de Constitucionalidad otorgó amparo a favor del Pueblo Q’eq’chi’, en Lanquin Alta Verapaz, no anuló la licencia de la construcción de la hidroeléctrica “burlándose y cometiendo racismo y discriminación contra el Pueblo Maya Q’eq’chi”.
Otro caso denunciado es que el gobierno y los tribunales se niegan a juzgar a los autores intelectuales de la masacre del 4 de octubre de 2012 en Totonicapán, promoviendo así “la impunidad y el debilitamiento del Estado de Derecho”.
Por otro lado, los fallos de la Corte Suprema de Justicia y la Corte de Constitucionalidad son a favor de empresas multinacionales como en el caso del Pueblo Maya Ixil donde la empresa italiana ENEL, en complicidad con el Gobierno actual firmaron un convenio de negocio que viola la dignidad y los derechos de los pueblos indígenas.
A continuación compartimos el documento en el que enumeran los casos en que afirman han sido víctimas de racismo y discriminación.

Declaración de los Pueblos de Guatemala (1)

Los Pueblos Ixil, Q’anjob’al, Chuj, Akateko, K’iche’, Mam, Kaqchikel, Q’eqchi’, Ch’orti’, Poqomchi’, Achi’, Xinka y Meztizo, constituidos en Consejo, queremos expresar nuestra gran indignación porque volvemos a comprobar que la justicia en esta nación desprecia nuestras vidas. A continuación ejemplos contundentes:
1. La Corte de Constitucionalidad en respuesta a nuestra Acción de Inconstitucionalidad de la ley de minería negó nuestro derecho de consulta regulado en el Convenio 169 de la OIT, antes de la aprobación de la ley de minería.
2. En Lanquin Alta Verapaz, la Corte de Constitucionalidad otorgó amparo a favor del Pueblo Q’eq’chi’, pero no anuló la licencia de la construcción de la hidroeléctrica, burlándose y cometiendo racismo y discriminación contra el Pueblo Maya Q’eq’chi.
3. En Totonicapán, el gobierno y los tribunales al no juzgar a los autores intelectuales de la masacre del 4 de octubre del 2012, sigue promoviendo la impunidad y el debilitamiento del Estado de Derecho.
4. En el territorio Maya Ixil, los fallos de la Corte Suprema de Justicia y la Corte de Constitucionalidad han sido a favor de empresas multinacionales. El Pueblo Ixil probó el dialogo con la empresa ENEL de Italia sin embargo, ésta empresa en complicidad con el Gobierno actual abandonaron el dialogo, se aprovechan de la pobreza de la población y han firmado un convenio de negocio que viola la dignidad y los derechos de los Pueblos Indígenas.
5. Con la reforma a la carrera magisterial que está imponiendo el actual gobierno se está negando y destruyendo los idiomas indígenas y la formación de maestros indígenas.
Y así podríamos enumerar infinidad de acciones legales que hemos interpuesto para terminar con tantos abusos, asesinatos, persecuciones, desalojos que están ocurriendo en los cuatro puntos cardinales de nuestro país.
Hemos utilizado todas las herramientas legales para la defensa de nuestros derechos como una muestra de confianza hacia el Estado de Derecho que nos han impuesto. Nos están obligando a no creer ni respetar sus leyes y sus instituciones.
Frente a estas agresiones hacemos un llamado a todos los pueblos a la unidad y a la resistencia
Iximulew, 9 Aq’ab’al, 10 K’AT /Guatemala, 14 y 15 de Marzo de 2013
Consejo de Pueblos de Occidentre (CPO)
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(1) Articulación entre autoridades e instituciones propias del Pueblo Maya: Consejo Mam (San Marcos, Quetzaltenango, Huehuetenango y Retalhuleu), Consejo K’iche del Quiché, Consejo K’iche de Quetzaltenango, Junta Directiva de los 48 Cantones de Totonicapán, Consejo de autoridades comunitarias de Momostenango, Asociación indígena de San Francisco el Alto, Asamblea de los Pueblos de Huehuetenango, Consejo de Autoridades Ancestrales Mayas de la Región Ixil, Comunidades Kaqchikeles de Chimaltenango, Consejo de los Pueblos de Tezulutlán, Consejo Ch’orti’, Parlamento Xinka y Movimiento Regional de Resistencia Popular del Sur.

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Fuente: Servindi

miércoles, 21 de diciembre de 2011

Corte de California reconoce riesgo de cáncer de colorante de Coca Cola.



Corte de California reconoce riesgo de cáncer de colorante de Coca Cola y bebidas de cola y obliga a establecer advertencia de riesgo en el etiquetado

Difusión Cencos México D.F., 16 de diciembre de 2011

Boletín de prensa
El Poder del Consumidor
Corte de California respalda el enlistado del compuesto 4-MEI presente en el colorante Caramelo IV, utilizado por Coca Cola y otras bebidas de cola, como cancerígeno, rechazando las quejas presentadas por las Asociación Americana de Bebidas y otras asociaciones de empresas procesadoras de bebidas y alimentos. La Corte respalda, también, que se obligue a establecer advertencia, en el etiquetado de los productos que lo contengan, de que representa un riesgo para la salud.

El estado de California añadió el componente 4-MEI a la lista de componentes conocidos como cancerígenos en enero del 2011, solicitando que aquellos productos que contengan más de 16 microgramos del componente contenga una leyenda precautoria de cáncer. Una lata de bebida de cola de 12 oz (355ml) contiene 130 microgramos de 4MEI.

Una coalición de organizaciones de la industria alimentaria, incluyendo la Liga de Procesadores de Alimentos de California, Asociación Americana de Bebidas, Asociación de Fabricantes de Tiendas de Comestibles y la Asociación Nacional de Café, presentaron una demanda en contra de la Oficina de Asesoría de Riesgos a la Salud Ambiental (OEHHA) del estado de California declarando que se había enlistado el ingrediente bajo la propuesta 65 equívocamente.

Afirmaron que la OEHHA “no proporcionó suficiente evidencia de carcinogenicidad de estudios experimentales en animales” en su reporte técnico. La corte no estuvo de acuerdo, diciendo que la advertencia acerca del 4-MEI está “basada en hechos, no en opiniones controversiales”.

Bajo ley, productos en California que puedan exponer a la gente a más de 16 microgramos del componente 4-MEI por día, deben contener una leyenda que diga: “ADVERTENCIA: Este producto contiene un químico reconocido por el Estado de California causante de cáncer, defectos de nacimiento y otros daños reproductivos”.

El Centro para las Ciencias en el Interés Público (CSPI) realizó un llamado a la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) de los Estados Unidos en febrero del presente año a que prohíba el 4-MEI en todo Estados Unidos. Citaron investigaciones que vinculan la ingesta elevada en ratas de laboratorio de los sub-productos 2-MEI y 4-MEI con un alto riesgo a desarrollar cáncer de pulmón, hígado, tiroides o leucemia. El llamado fue respaldado por destacados expertos estadounidenses en la evaluación de este tipo de riesgos.
El 24 de octubre pasado, asociaciones de consumidores de México (EPC), Panamá (UNCUREPA), Perú (ASPEC), Venezuela (MIC), Nicaragua (LIDECONIC), Bolivia (CODEDCO) y El Salvador (CDC) lanzaron la campaña internacional “Toxicola” (verwww.toxicola.org) pidiendo a la empresa Coca Cola y a otras empresas productoras de bebidas de cola, así como a las autoridades de sus respectivos países, el retiro del caramelo IV de las bebidas y alimentos. Coca Cola respondió desacreditando estudios realizados por el Programa de Toxicología del Departamento de Salud y Servicios Humanos de Estados Unidos que reconocieron que el 4-MEI es cancerígeno en animales, descalificando a la Oficina de Asesoría de Riesgos a la Salud Ambiental (OEHHA) del estado de California y a los científicos que habían demandado el retiro de este colorante, añadiendo que la campaña lanzada por las asociaciones de consumidores es “falsa y carece de fundamentos científicos”.
Las asociaciones de consumidores han centrado su campaña en las bebidas de cola y, en especial, en Coca Cola, ya que estas bebidas representan la mayor ingesta del compuesto 4-MEI y la Coca Cola es la bebida de cola de mayor consumo en la región, sin dejar de señalar que este compuesto se encuentra en otras bebidas de cola, en la cerveza oscura y en diversos alimentos procesados.
“Contrasta con la gran publicidad de Coca Cola, que se incrementa en la fiestas navideñas, haciendo un uso puramente mercantil de los valores humanos, su política empresarial donde los derechos de los consumidores a la salud y la información son profundamente violados. Coca Cola argumenta que este colorante está aprobado por organismos internacionales y autoridades nacionales, como lo estuvieron más de una veintena de aditivos para los alimentos, sobre los que se afirmaba a los consumidores que eran seguros, hasta que se demostró que representaban un riesgo para la salud. Para retirarlos, se dieron resistencias, como en este caso los intereses económicos intentaron bloquear su prohibición, hasta que los costos fueron altos para las empresas, hasta que su descredito representó un mayor riesgo. En el caso de México, el consumo de refrescos por persona es ya el mayor del mundo y Coca Cola ocupa el primer lugar, asociándose claramente su ingesta con el aumento de sobrepeso, obesidad y diabetes. Si las personas no han dejado de ingerir estas bebidas por esta razón, esperamos que el conocimiento sobre el riesgo que representa el colorante que utilizan las bebidas de cola sea una razón más para hacerlo”, señaló Alejandro Calvillo, director de El Poder del Consumidor.
Bol 121/16 de diciembre de 2011
Para mayor información consultar www.elpoderdelconsumidor.org y www.toxicola.org
Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos
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Fuente: Chacatorex