martes, 9 de abril de 2019

No llamemos homicidio o suicidio a la aceptación digna del buen morir.



No debería llamarse suicidio asistido a la cooperación responsable a la aceptación justa de la muerte.

No debería llamarse peyorativamente “eutanasia”, sino “buen morir dignamente (eu- thanasia)”, al asumir responsablemente el fnal de esta vida y aceptar la muerte.

(Como tampoco llamaremos peyorativamente “aborto injusto” a los casos de interrupción responsablemente justificada del embarazo. Los debates recientes me incitan a volver sobre el tema repetido en este blog).

El buen morir respetando la dignidad de la persona puede llevar a una solicitud justa de eu-thanasia. Tal eu-thanasia justa (cumplidas las condiciones de respeto a la dignidad y libertad de la persona) no se puede equiparar con el homicidio, como tampoco puede ni debe llamarse, sin más, suicidio al asumir responsable y libremente la propia muerte.

La opción responsable por una eu-thanasia justa no significa optar por la muerte y contra la vida, sino elegir cómo vivir cuando se muere No se debe llamar a esa opción "muerte digna", sino respeto de la dignidad en el proceso de morir.

Convendría una legislación sobre buen morir, como título general, que incluya en determinados casos particulares las condiciones para que una solicitud de eu-thanasia justa y autónoma pueda llamarse "buen morir responsable de la persona digna hasta el final".



En los debates sobre regularización legislativa no debería plantearse el tema del recurso a paliativos como si fuera un dilema entre paliativos y eutanasia. Hay que garantizar, ante todo, el acceso equitativo al uso de paliativos, así como el de la sedación terminal debidamente consentida y protocolizada. Pero, eso supuesto, teniendo en cuenta las situaciones de solicitud de eu-thanasia, habrá que garantizar las condiciones para que sea justa, es decir, "buen morir responsable de la persona digna".

Contra este punto de vista se ha argumentado:
a) desde algunas instancias religiosas, diciendo que no tenemos derecho a adueñarnos de la propia vida violando una ley divina;
b) desde algunas posturas humanistas no religiosas, diciendo que la autonomía personal no justifica que renunciemos voluntariamente a la vida con una elección que implicaría la destrucción de esa misma autonomía. Pero pienso que ninguna de estas dos objeciones se justifica absolutamente.

A veces se interpreta el rechazo de la eutanasia, como si fuera una señal de identidad religiosa -concretamente, cristiana-, y se hace coincidir su aceptación necesariamente con actitudes no religiosas o, incluso, antirreligiosas. Es decir, se presenta como si el rechazo o la aceptación fuesen cuestión de fe o increencia.

Esta confusión de lo ético y lo religioso hace un flaco favor, tanto a las posturas opuestas como a las favorables a la opción eutanásica.


Ángel y María José, antes de proceder al suicidio asistido

Conviene no confundir tres comportamientos completamente distintos:

1) el homicidio por compasión o supresión injusta de la vida contra la voluntad de la persona (llamado impropiamente eutanasia involuntaria, obviamente rechazable tanto legal como éticamente);

2) la legalización de la solicitud justa de eu-thanasia o cooperación responsable a la aceptación de la muerte; 

3) la opción por asumir el proceso natural del morir y proteger la dignidad y autonomía de la persona moribunda: a) rechazando recursos médicos desproporcionados u onerosos para ella, b) concentrándose en los medios paliativos necesarios, y c) acompañándolos de cuidado humano apropiado

El comportamiento “1” es rechazable, tanto humana como religiosamente.

Los comportamientos “2” y “3” son ambos razonables, tanto humana como religiosamente

Al tratar este tema, en las clases de ética, como cuestión de decisión humana razonable y responsable, presento al alumnado los ejemplos de cuatro clases de personas que hacen distintas opciones. Dos de ellas (una, no religiosa; otra, religiosa) optan por la eu-thanasia. Las otras dos (una, no religiosa: otra, religiosa) rechazan la opción por la eu-thanasia.
A) Es posible que una persona no religiosa, razonable y responsablemente, pida ayuda para acelerar el final del proceso de morir en circunstancias penosas amenazadoras de su dignidad.
B) Es posible también que una persona religiosa, convencida en conciencia de que no contradice su fe en la Fuente de la Vida, tome la decisión personal acerca del momento de despedirse de esta vida, asuma la muerte que se aproxima como acto de confianza en la Vida de la vida. (He acompañado pastoralmente estos casos).
C) Es posible también que una persona no religiosa, convencida de que concuerda con su dignidad asumir la vulnerabilidad humana tal cual es, sin forzar la prolongación ni la aceleración del proceso de morir, opte por dejarse llevar al mar del morir en que desemboca el río de su deterioro biológico y por eso no hace la opción por la eutanasia. (He acompañado humanamente estos casos)
D) Es posible también que una persona religiosa se sienta llamada o invitada (pero no las cuatrodueño de la vida) a confiar en el misterio último que da sentido a su vida, dejar la determinaciónn del cuándo y el cómo de su final en manos de quien se la dio, y encomendar su espíritu confiadamente al Misterio para “morir hacia la Vida de la vida”. (He acompañado pastoralmente estos casos).

Cualquiera de estos cuatro comportamientos como opciones personales, autónomas y responsables serían compatibles con una legislación social-demócrata (como la que por dos veces consecutivas ha quedado aparcada al final de una legislatura), que respete y deje cabida para las cuatro opciones mencionadas (independientemente de que su motivación sea secular o religiosa).


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