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martes, 18 de febrero de 2020

La ONU alerta del mayor éxodo de civiles sirios desde el principio de la guerra.

Varios niños subidos en un camión, en plena huida de la zona norte de Alepo, el 15 de febrero. En vídeo, declaraciones del portavoz de la oficina de Derechos Humanos de la ONU, Rupert Colville. IBRAHIM YASOUF (AFP) | REUTERS


La ofensiva del Gobierno de Damasco contra el último reducto de la oposición en Idlib ha desencadenado el mayor éxodo de civiles en una guerra que cumple nueve años de horrores. Dos meses después del inicio de los ataques del Ejército, coordinados con la aviación aliada de Rusia, más de 900.000 personas (el 80% mujeres y niños) han tenido que abandonar sus hogares en medio del frío, la nieve y la lluvia y entre bombardeos que arrasan hospitales y escuelas. Ante hostilidades en las que han muerto cerca de 300 no combatientes, la ONU ha alertado de una tragedia letal si no se alcanza un alto el fuego.


La alta comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, denunció el martes los “indiscriminados” e “inhumanos” ataques sufridos por la población en el noroeste de Siria, y urgió a las partes a facilitar corredores humanitarios para la evacuación de los civiles. De acuerdo con un comunicado difundido en Ginebra, la Oficina de Derechos Humanos de la ONU ha constatado la muerte de al menos 298 civiles en Idlib y en la vecina provincia de Alepo desde el 1 de enero (al menos un centenar de las víctimas se han registrado en la primera quincena de febrero). El 93% de las muertes de civiles se debe a los ataques del Gobierno sirio y sus aliados. Entre las víctimas mortales figuran 112 niños, según la ONG Observatorio Sirio para los Derechos Humanos, que cuenta con informadores sobre el terreno.

Visiblemente afectado, el secretario general adjunto para Asuntos Humanitarios de la ONU, Mark Lowcock, ha denunciado que hay bebés y niños de muy corta edad que están “muriendo a causa del frío” en medio de “una ola de violencia ciega”. Así lo constata la ONG Save the Children, que ha documentado varios casos de menores desplazados fallecidos en uno de los inviernos más inclementes de los últimos años en Oriente Próximo. El desplazamiento masivo de población se está produciendo entre oleadas de temporales de nieve y lluvia, y con temperaturas inusualmente bajas este año con toda su crudeza que agravan la situación de los desplazados en sus improvisados campamentos.


Despliegue de fuerzas en el norte de Siria

Fuerzas Democráticas Sirias (milicia kurdo-árabe)

Gobierno sirio y aliados

Fuerzas turcas y rebeldes aliados

Grupos afines a Al Qaeda


TURQUÍA

Qamishli

Manbij

Al Hol

Hasaka

Raqa

Alepo

Idlib

Deir Ezzor


SIRIA

50 km

Fuente: Liveuamap y elaboración propia.

EL PAÍS

Unicef ha tenido que cerrar los dos últimos hospitales infantiles operativos en la zona a causa de los combates, mientras la Organización Mundial de la Salud describe con crudeza el colapso del sistema de salud en la región, causado por una ofensiva del régimen que ha reducido a la mitad el número de centros sanitarios.

La Oficina de Derechos Humanos de la ONU ha confirmado que al menos 10 instalaciones médicas y 19 centros educativos se han visto afectados por los bombardeos. Los ataques también han alcanzado a los campos donde se han instalado los desplazados internos. Para esta división de Naciones Unidas, las acciones armadas contras este tipo de instalaciones civiles son constitutivas de crímenes de guerra.

“Familias enteras, algunas de las cuales han cruzado Siria de una punta a otra en la última década, se encuentran de forma trágica con que las bombas son parte de su vida diaria mientras huyen de los enfrentamientos”, lamentó Bachelet antes de preguntarse “cómo pueden justificarse este tipo de ataques indiscriminados e inhumanos” contra civiles. La mitad de los tres millones de habitantes de Idlib son desplazados procedentes de otras provincias sirias a lo largo de la guerra.

Rupert Colville, portavoz de Derechos Humanos de la ONU, acusó desde Ginebra a Siria y a Rusia de los ataques contra civiles y edificios protegidos según el derecho internacional. “Tantos bombardeos a hospitales, centros de salud y colegios no puede ser algo accidental”, advirtió Colville, quien apuntó a la presunta comisión de delitos contra la humanidad en la ofensiva desencadena por el régimen del presidente Bachar el Asad.

Bachelet reclamó el cese inmediato de hostilidades, así como la apertura de vías para que los civiles puedan escapar con seguridad de las zonas en conflicto y las organizaciones humanitarias puedan distribuir ayuda. La alta comisionada se mostró también “alarmada” por el “fracaso de la diplomacia”, que “debería anteponer la protección de los civiles a cualquier victoria política y militar”.
Bloqueo de rusos y turcos

Rusia, que respalda al régimen, y Turquía, que apoya a los rebeldes, fracasaron de nuevo el martes en el intento de frenar un enfrentamiento directo entre las tropas de Ankara y las fuerzas sirias en la provincia rebelde. Turquía ha desplegado 5.000 soldados y 1.200 vehículos militares al otro lado de su frontera con Siria en previsión de que la marea de desplazados se desborde hacia el norte.

Cuando se aproxima el noveno aniversario del inicio de la guerra, a comienzos del próximo mes de marzo, el Gobierno de Damasco está dando decididos pasos militares para hacerse con el control del noroeste del país. En las últimas semanas ha recuperado amplias áreas en torno a Alepo, entre las que se incluyen el aeropuerto y la autopista que enlaza con la capital siria.

Moscú, que suscribió en 2018 un pacto con Ankara para desmilitarizar el perímetro provincial de Idlib, parece dejar hacer al Ejército sirio mientras da largas a Turquía, a la que responsabiliza de permitir la expansión de milicias yihadistas como Hayat Tahrir al Sham, que se han enseñoreado del último bastión rebelde.

Fuente: elpais.com

jueves, 27 de junio de 2019

Piden a la Unión Europea detener las negociaciones comerciales con Brasil.

Mato Grosso, Brazil – Photo by Icaro Cooke Vieira/CIFOR, cifor.org CC BY-NC-ND 2.0

Más de 340 organizaciones de la sociedad civil piden a la Unión Europea (UE) poner fin de inmediato a las negociaciones para un acuerdo de libre comercio con el Mercosur debido al deterioro de los derechos humanos y la situación ambiental en Brasil.
El Mercosur está integrado por Brasil, Argentina, Paraguay y Uruguay.

En un carta abierta dirigida a los presidentes de las instituciones europeas piden garantizar que ningún producto brasileño vendido en la UE, ni los mercados financieros que lo sustentan, estén provocando un aumento de la deforestación, el acaparamiento de tierras indígenas o las violaciones de los derechos humanos.

Exigen la confirmación, con pruebas materiales, de que el gobierno brasileño cumplirá sus compromisos resultantes del Acuerdo de París sobre el Cambio Climático.

Asimismo, incrementar el apoyo a la sociedad civil organizada brasileña, incluido el refuerzo de la aplicación del Plan de Acción de la UE sobre derechos humanos y democracia y las consultas pro-activas con las organizaciones de la sociedad civil brasileña que se ocupan de los derechos humanos.

Finalmente, piden además vigilar que la UE vigile y responda a las violaciones de derechos humanos y fortalezca los mecanismos para proteger a los defensores de derechos humanos.

Para las personas en situación de mayor riesgo, incluidos los pueblos indígenas y los defensores del medio ambiente, la UE debería proporcionar apoyo directo y urgente cuando sea necesario, incluso a través de representaciones políticas.

Conozca el texto completo de la carta abierta a continuación:
Estimado Presidente del Consejo Europeo, Presidente de la Comisión Europea, Presidente del Parlamento Europeo,
Las organizaciones de la sociedad civil abajo firmantes reclamamos a la Unión Europea que use su influencia para prevenir el empeoramiento de la situación de los derechos humanos y la destrucción del medio ambiente en Brasil.
En abril, más de 600 científicos europeos y dos organizaciones indígenas brasileñas, en representación de 300 grupos indígenas de Brasil, pidieron a la UE que actuara como líder mundial en apoyo de los derechos humanos, la dignidad humana y un clima habitable, haciendo de la sostenibilidad la piedra angular de sus negociaciones comerciales con Brasil. Apoyamos plenamente este llamamiento.
La UE y sus Estados miembros, vinculados por el Tratado de la Unión Europea, se comprometieron a respetar y promover los derechos humanos como objetivo general en sus relaciones con otros países. La propia Comisaria de Comercio, Cecilia Malmström, reconoció la necesidad de nuevos acuerdos comerciales que cumplan realmente con el objetivo del desarrollo sostenible.
Desde la toma de posesión del Presidente de Brasil, Jair Bolsonaro, en enero de 2019, hemos sido testigos del aumento de las violaciones de los derechos humanos, los ataques a las minorías, la comunidad LGBTQ+, los pueblos indígenas y otras comunidades tradicionales. Además, la administración sigue amenazando el funcionamiento democrático básico de la sociedad civil al tiempo que prepara la destrucción de algunas de las regiones más preciosas y ecológicamente valiosas del mundo como la Amazonía.
Estamos profundamente preocupados por lo siguiente:
  • La propuesta de poner la demarcación de las tierras indígenas bajo la jurisdicción del Ministerio de Agricultura, allanaría el camino para que los poderosos agronegocios ganaderos y sojeros aceleren su avance a través de la Amazonía, el bosque tropical más grande del mundo y el Cerrado, la sabana más biodiversa del mundo. Aunque esta controvertida medida parece haber sido temporalmente revocada por el Senado brasileño, el Presidente Bolsonaro aún puede imponerla.
  • Ha habido un aumento dramático de los ataques contra los pueblos indígenas y otras comunidades tradicionales y sus territorios. En febrero, se informó de que al menos 14 territorios indígenas protegidos estaban siendo atacados por invasores. Además, el gobierno abolió más de 35 consejos nacionales de participación social. Están aumentando los ataques contra las personas que defienden sus territorios o recursos naturales en las zonas rurales de Brasil, lo que se traduce en un aumento de las muertes de líderes comunitarios, campesinos y activistas.
  • La promesa de campaña de Bolsonaro de «poner fin a cualquier forma de activismo» fue implementada en su primer día en el cargo, facultando al gobierno para «supervisar, coordinar, monitorear y observar las actividades y acciones de las agencias internacionales y organizaciones no gubernamentales dentro del territorio nacional».
  • Tanto el Ministerio de Medio Ambiente como el Ministerio de Asuntos Exteriores están ahora encabezados por quienes niegan el calentamiento global, lo que lleva a la anulación de los departamentos ministeriales responsables del cambio climático. Aunque Brasil sigue siendo firmante del Acuerdo de París sobre el cambio climático, es cada vez más improbable que la administración tome las medidas necesarias para aplicar el acuerdo.
  • La legislación y las políticas socioambientales se han debilitado drásticamente durante los primeros 100 días del gobierno Bolsonaro. El Código Forestal ha sido socavado con nuevas medidas que proponen la reducción de las reservas legales y un plazo más flexible para la regularización de las tierras por parte de los expropiadores. En enero de 2019, la deforestación en la Amazonia aumentó en 54 por ciento en comparación con el mismo período de 2018.
Los actores de la sociedad civil organizada, activistas sociales, comunidades campesinas e indígenas y sindicatos enfrentan peligros extremos por la retórica incendiaria del gobierno de Bolsonaro y sus partidarios. Esto incluye el calificar de «terroristas» a los miembros de movimientos sociales como el Movimiento de Trabajadores Sin Tierra y el Movimiento de los Sin Techo, lo que genera la preocupación de que la polémica ley antiterrorista de Brasil sea utilizada para criminalizar a los activistas sociales.
La UE es el segundo socio comercial de Brasil en su conjunto, el segundo importador de soja brasileña y un importador fundamental de carne de vacuno, otros productos agrícolas y recursos naturales mineros brasileños. Por lo tanto, la UE tiene la responsabilidad de abordar las injusticias en materia de derechos humanos y medio ambiente que tienen lugar en Brasil bajo el gobierno de Bolsonaro. Debe utilizar su influencia para apoyar a la sociedad civil, los derechos humanos y el medio ambiente.
La UE está negociando un acuerdo comercial de gran alcance con Mercosur que pretende ampliar el acceso al mercado y el comercio entre las dos regiones, incluido Brasil. Es imperativo que la UE envíe un mensaje inequívoco al Presidente Bolsonaro de que la UE se negará a respaldar un acuerdo comercial con Brasil hasta que se ponga fin a las violaciones de los derechos humanos, se adopten medidas estrictas para poner fin a la deforestación y se contraigan compromisos concretos para aplicar el Acuerdo de París.
En el pasado, la UE ha suspendido las preferencias comerciales con países implicados en graves y sistemáticas violaciones de los derechos humanos, como Myanmar y Filipinas. Además, la UE ha restringido las importaciones de productos cuya producción está relacionada con la violación de los derechos humanos como en el caso de los minerales de conflicto. Es hora de que la UE adopte una postura similar y firme para evitar el deterioro de la situación de los derechos humanos y del medio ambiente en Brasil.
Por lo tanto, reclamamos que la Unión Europea:
  1. Detenga inmediatamente las negociaciones del acuerdo comercial UE-Mercosur.
  2. Garantice que ningún producto brasileño vendido en la UE, ni los mercados financieros que lo sustentan, estén provocando un aumento de la deforestación, el acaparamiento de tierras indígenas o las violaciones de los derechos humanos.
  3. Exija la confirmación, con pruebas materiales, de que el gobierno brasileño cumplirá sus compromisos resultantes del Acuerdo de París sobre el Cambio Climático.
  4. Incremente el apoyo a la sociedad civil organizada brasileña, incluido el refuerzo de la aplicación del Plan de Acción de la UE sobre derechos humanos y democracia y las consultas pro-activas con las organizaciones de la sociedad civil brasileña que se ocupan de los derechos humanos y del funcionamiento democrático de la sociedad civil brasileña.
  5. Vigile y responda a las violaciones de derechos humanos -incluyendo la investigación de casos desde la elección de Bolsonaro- y fortalezca los mecanismos para proteger a los defensores de derechos humanos. Para las personas en situación de mayor riesgo, incluidos los pueblos indígenas y los defensores del medio ambiente, la UE debería proporcionar apoyo directo y urgente cuando sea necesario, incluso a través de representaciones políticas.
Atentamente,
Fuente y foto: Collectif Stop TAFTA
 Fuente: Servindi.org

martes, 20 de febrero de 2018

ONU denuncia desplazamiento forzado de indígenas y campesinos.

FOTO: CoIprensa

Hasta la fecha, por lo menos 822 personas, entre ellas 461 adultos y 361 niños/as y adolescentes de los pueblos indígenas y comunidades campesinas de las zonas rurales del municipio antioqueño de Cáceres, fueron víctimas del desplazamiento forzado.

Así lo dieron a conocer la oficina en Colombia del Alto Comisionado de la Organización de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU Derechos Humanos) y la Agencia de la ONU para los Refugiados(ACNUR).

De acuerdo a un comunicado emitido por dichos organismos, al 19 de febrero de 2018, los hechos reiterados de desplazamiento afectan a las comunidades de Anará, San Francisco, Bejuquillo, que se suman a las ya afectadas en El Tigre, Ponciano, Alto Tamaná, Campanario y El Calvario.

Además, las organizaciones expresaron su preocupación por el incremento de homicidios en el Bajo Cauca que, entre el 1 de enero al 14 de febrero, la cifra oficial del presente año, superó en más del 255 por ciento al año anterior en el mismo periodo.

Entre las violaciones de derechos humanos identificadas por las organizaciones se encuentran las amenazas y atentados en contra de la vida e integridad de personas civiles.

Asimismo, denunciaron las violaciones relacionadas con los derechos económicos, sociales y culturales, así como afectaciones a principios y prácticas ancestrales del pueblo indígena Senú en su territorio.
Medidas insuficientes

También recordaron que la situación de riesgo de las comunidades del Bajo Cauca fueron advertidas por la Defensoría del Pueblo en enero último, pero la situación continúa empeorando.

“Reconocemos el esfuerzo que la institucionalidad ha realizado hasta la fecha para responder a las recomendaciones de la Defensoría del Pueblo. No obstante, observamos que la situación continúa empeorando”, advierte el comunicado.

En tal sentido, ONU Derechos Humanos y ACNUR piden al Estado colombiano evaluar la efectividad en la implementación de la política de prevención y protección de las personas, ya que las medidas adoptadas hasta hoy no son suficientes para prevenir nuevos hechos de violencia.

De igual modo, piden garantizar que “los recursos humanos y económicos sean suficientes para atender la emergencia humanitaria actual y para generar condiciones de respeto por los derechos humanos y de seguridad humana”.

Por ello, las organizaciones recomiendan que las próximas estrategias incluyan análisis de factores como la corrupción, la pobreza, la falta de participación política y la falta de acceso a servicios básicos en la zona, las mismas deben garantizar su sostenibilidad a largo plazo.

Fuente: Servindi

miércoles, 15 de noviembre de 2017

La corrupción socava la democracia y el acceso a los derechos fundamentales.



"La corrupción socava la democracia y el acceso a los derechos fundamentales". En estos términos se refirieron los 24 organismos miembros de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) de las Américas al fenómeno de la corrupción.

La expresión se produjo en un seminario internacional que busca analizar los vínculos entre derechos humanos y corrupción, el contexto regional de este fenómeno a gran escala, los desafíos de las normas internacionales y regionales relativas a la lucha contra la corrupción, así como las buenas prácticas de mecanismos y estrategias judiciales.

El Perú fue elegido como sede por haber sido precursor en la creación de instrumentos nacionales de lucha contra la corrupción, pero porque al mismo tiempo posee elevados y sostenidos índices de corrupción.

Entre las principales conclusiones preliminares de la jornada del lunes se destacó que la corrupción no vulnera únicamente el patrimonio público sino también derechos fundamentales como el acceso a la educación, la salud y la justicia. Que esas vulneraciones pueden ser directas e indirectas y afectan desproporcionadamente a los más pobres y que se presenta tanto con gobiernos de izquierda como de derecha.

En nuestra región existe un alto correlato entre vulneración de derechos e índices de corrupción. En países con altos niveles de crímenes y violación de derechos humanos, la corrupción afianza la complicidad de las autoridades con los carteles de las drogas.

En algunos países, a través de la corrupción se logra acaparar las tierras, desviar fondos estatales. En otros Estados operan incluso bandas criminales instaladas en la esfera pública con el objetivo único de lucrar lejos de todo objetivo de interés y bienestar general.

El carácter oculto de la corrupción y las distintas formas que adopta, son elementos que dificultan su investigación. No obstante, existen marcos normativos internacionales con estándares para la lucha contra la corrupción que deben ser conocidos y aplicados. El desafío allí reside en vincularlos a los instrumentos de defensa de los derechos humanos para amplificar su llegada.

En el contexto local, los participantes expresaron su preocupación por la grave situación de corrupción en el Perú, reflejada en el caso “Odebrecht” (entre varios otros) que involucra a las élites públicas y empresariales del país y de otros de la región.

“Los crímenes de lesa humanidad no pueden ser indultados y los gobiernos no deben instrumentalizar el derecho para obstaculizar el trabajo de los fiscales que investigan a personas potencialmente involucradas en hechos de corrupción. Solicitamos independencia de la justicia y transparencia en la lucha contra este flagelo.” señalo Dimitris Christopoulos, Presidente de la FIDH quien se encuentra presente en Lima con ocasión de este evento.

Estos esfuerzos nacionales y regionales tendrán que ser complementados a largo plazo por políticas públicas eficaces para combatir la corrupción, como por ejemplo, el establecimiento de alianzas certeras y duraderas, el refuerzo o la introducción de mecanismos de transparencia y rendición de cuentas para el manejo de los recursos públicos, la prevención, entre otros, que serán abordados en la jornada cerrada de debate que la FIDH y sus organismos miembros sostendrán hoy y mañana.
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Fuente: Servindi

lunes, 19 de diciembre de 2016

Entra en vigor Convención sobre los Derechos de las Personas Mayores.




La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saludó la ratificación por parte de Costa Rica de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores lo que permitirá que entre en rigor.

La Convención entrará en vigor para los Costa Rica y Uruguay, Estados que la han ratificado, treinta días después de realizado el depósito por parte de Costa Rica, lo cual tuvo lugar el 13 de diciembre de 2016.

Uruguay fue el primer país en ratificar dicha Convención el 15 de junio de 2015 en la Asamblea General de la OEA.

En la misma fecha, Costa Rica se convirtió en el primer país en depositar el instrumento de ratificación de la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia.

Costa Rica había ratificado esta Convención el 5 de agosto de 2016, y la CIDH saludó dicha decisión en el comunicado de prensa 117/16 del 18 de agosto de este año.

La Comisión Interamericana destaca reiteradamente la importancia de la ratificación universal de los instrumentos del sistema interamericano como un elemento crítico del pleno respeto y garantía de los derechos humanos en el continente americano.

La Comisión entiende que el sistema actual de grados diferenciados de ratificación coloca a millones de personas en una situación de desventaja en la protección internacional de los derechos, pues limita el acceso a una instancia de protección complementaria.


La competencia de la CIDH se extiende a toda la región y puede analizar y revisar peticiones relativas a los 35 países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), aplicando la Declaración Americana, que es fuente de obligaciones para todos los Estados miembros.

Sin embargo, la ratificación universal de los instrumentos interamericanos es indispensable para lograr la protección plena de los derechos humanos de todas las personas en el hemisferio.

Con carácter apremiante, la CIDH insta a los Estados Miembros de la OEA a emplear todos los medios para superar los impedimentos que existan para ratificar e implementar todos los instrumentos interamericanos en materia de derechos humanos.

La CIDH expresó su agradecimiento al Estado de Costa Rica por su histórico compromiso con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y por la contribución de $21,782 que realizó el 9 de diciembre de 2016 para apoyar a la CIDH en su misión.

Fuente: Servindi

domingo, 11 de diciembre de 2016

Transnacionales y Derechos Humanos.


ALAI pone a disposición la revista N° 520 correspondiente al mes de diciembre cuyo tema central es el debate en las Naciones Unidas para la creación de un tratado sobre derechos humanos y empresas, y que ofrece una oportunidad para enfrentar “el poder corporativo”.

La publicación busca contribuir a la reactivación del activismo anti-neoliberal, que, entre otras iniciativas, impulsa la “Campaña Global para Desmantelar el poder Corporativo y poner fin a su impunidad”.

Contenido

- "Golpes mortales al poder corporativo" por Brid Brennan y Gonzalo Berrón.

- "Naciones Unidas: Transnacionales y DD.HH. Avanza construcción de instrumento vinculante" por María Fernanda Espinosa Garcés.

- "El escudo de las empresas transnacionales. El régimen de comercio e inversión" por Raffaele Morgantini.

- "Un instrumento internacionalmente vinculante sobre empresas y DD.HH.: La pieza faltante del rompecabezas" por Daniel Uribe Terán.

- "El Tribunal Internacional para el control de las ETN y los DD.HH."! por Juan Hernández Zubizarreta.

- "TIC, Internet, DD.HH. y ETN" por Richard Hill, Parminder Jeet Singh.

- "Estados y regulación a las empresas transnacionales" por Rolf Zünnemann.

- "De la tierra nacen semillas, pero también derechos" por Tchenna Fernandes Maso.

- "Vacío jurídico en el derecho internacional y abuso corporativo - Caso Chevron" por Pablo Fajardo Mendoza-

- "Perspectiva sindical. La lucha contra las transnacionales y el tratado vinculante" por Iván González Alvarado.

Acceda a la revista completa haciendo clic en el siguiente enlace.

- Revista N° 520 Transnacionales y Derechos Humanos (versión PDF, español, 34 páginas)

Fuente: Servindi

domingo, 27 de noviembre de 2016

¿Qué tanto sabe del derecho indígena?

Foto: La Hora

La justicia indígena no es un invento de la propuesta de reformas constitucionales que actualmente se discute en el Congreso. Sus raíces datan de mucho antes, de la época de la Colonia, y responde a las necesidades de las comunidades como a los vacíos del Estado. Para poder hablar sobre el tema con propiedad es necesario conocer la historia, indica el doctor Emilio Estrada, quien a continuación explica algunos datos importantes al respecto.

Por Emilio Estrada

Es un hecho probado que el derecho indígena, como un sistema jurídico existió desde tiempos ancestrales, los pueblos indígenas como organizaciones colectivas sociales, al igual que otras culturas y civilizaciones se han construido bajo la tutela del derecho.

Aún el pueblo de Israel, cuando salió de Egipto en tiempos de Moisés, tuvo su propio sistema jurídico (la Ley de Moisés), cuando ni siquiera tenía territorio propio, puesto que siendo un estado teocrático, vagaba por el desierto, sin tierra, pero con derecho. Y con ello, elimina de tajo la tesis de Friedrich Engels, de que “el derecho surge con la propiedad privada” habida cuenta que Israel tenía sistema jurídico, es decir derecho, pero sin tierra.

Esto es necesario para comprender que los pueblos indígenas tenían sistemas jurídicos, su propio derecho y ancestralmente lo ejecutaban. Existe una actitud maliciosa de algunos grupos, elitistas o no, que quieren hacer creer que el indígena es “ignorante”, “incapaz” y que no le es posible conocer o entender un sistema jurídico, como el derecho indígena, ello se debe principalmente a que no conocen los principios sobre los que descansa este derecho.


Foto: La Hora

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Hoy en día se habla de una reforma constitucional que pretende dar un reconocimiento al derecho indígena mediante la modificación del artículo 203 constitucional al disponer: “las autoridades indígenas ancestrales ejercen funciones jurisdiccionales de conformidad con sus propias instituciones, normas, procedimientos y costumbres; siempre que no sean contrarios a los derechos consagrados dentro de la Constitución, a los derechos humanos, internacionalmente reconocidos. Las decisiones de las autoridades indígenas ancestrales están sujetas al control de constitucionalidad. Deben desarrollarse las coordinaciones y cooperaciones necesarias entre el sistema jurídico ordinario y el sistema jurídico de los pueblos indígenas o en caso de existir conflictos de competencia el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción resolverá lo pertinente, conforme a derecho”.

El texto anterior es parte de la propuesta de reformas constitucionales que llegó al Congreso de la República y habrá que ver los cambios que se le harán en el propio pleno de dicho organismo.
¿Por qué es importante la justicia indígena?

En ese orden de ideas se debe comenzar por analizar brevemente la existencia de serios problemas que tiene la población indígena para tener acceso al sistema de justicia oficial, y por qué los pueblos indígenas optan por buscar dentro de su propio sistema jurídico lo que el Estado de Guatemala es incapaz de otorgarle, es decir una justicia pronta y cumplida.

Los indígenas en Guatemala para tener acceso al sistema de justicia, tienen tropiezos como la barrera idiomática, cosa que aunque resulta ser una realidad en Guatemala, da por hecho que “el indígena debe aprender español”, y por ello en los juzgados se habla el idioma español, se juzga en ese idioma y los esfuerzos de traductores, que aunque resultan insuficientes se hacen en materia penal, dejando las demás ramas del derecho, es decir derecho civil, de familia, laboral, mercantil y otros sin traducción.

Otra barrera para acceder a la justicia para los indígenas es que la jurisdicción oficial es lenta, casi todo es escrito, son pocos los casos en que la oralidad es efectiva, a excepción de los casos en materia penal; sin embargo, ello ha llevado al propio Organismo Judicial a comprender que hay casos que se pueden resolver por la mediación, la conciliación y de allí la creación de estos centros.

Es extraño que a nadie le interese que se resuelvan estos casos fuera de los tribunales, será porque a todos les parece familiar, aunque la realidad es que es una desjudicialización cuyos efectos recaen en el sistema de justicia.

Aunque no es un hecho probado y por lo tanto no debe de considerarse como una verdad absoluta, resulta considerablemente creíble que muchos de los linchamientos sean resultado de un desaliento y desconfianza al sistema de justicia oficial, que no camina de acuerdo a lo que se asume que es su función, la corrupción de los jueces y en muchos otros casos la insensatez de ellos, falta de conocimiento para juzgar lo que hace que muchos crean que este sistema está colapsado.
Origen ancestral

El sistema de derecho indígena es de origen ancestral, es decir, no viene de ahora, viene de muchos años, se ha practicado en las comunidades, se ha utilizado como una herramienta para la aplicación de la justicia.

Existen y han existido autoridades indígenas desde tiempos ancestrales hasta nuestros días. La falta de conservación de la historia de nuestro país, ha llevado a que utilicemos paradigmas extraños y extranjeros, pero que no responden a una realidad clara.

Allí tiene mucha culpa el Gobierno de Guatemala, y especialmente el Ministerio de Educación, ya que nuestra historia no es la que aprendimos cuando estuvimos en la primaria, es la que nos impusieron.

Entonces, el sistema jurídico indígena es ancestral, tiene años de estarse aplicando para resolver problemas y no es una imposición de un ente extranjero, es un hecho que requiere ser reconocido.
Autoridades indígenas

Por otro lado, tenemos a las autoridades indígenas. Ha causado demasiado revuelo para muchos comprender que los pueblos indígenas siempre han tenido sus propias autoridades, esto viene desde tiempos precoloniales hasta nuestro días.

De hecho, las autoridades indígenas originalmente eran descendientes de la nobleza indígena, hay hechos claros que demuestran esta situación y documentos históricos como los diversos “títulos” que hay en Guatemala, como los Anales de los kakchiqueles, el Título de los Señores de Totonicapán y otros, que han existido.

Esta nobleza indígena desplazada por la Conquista, vivió bajo el escarnio de ser autoridad indígena, pero que sometida al poder dominante del Conquistador no podía ejercer ninguna función.

Fue hasta la promulgación de las Leyes Nuevas de Indias en que se decidió por parte de la Corona Española la restauración de la nobleza indígena y la creación de los así llamados por los españoles “pueblos de indios”, mediante la cual se quería “integrar” a los indígenas conquistados, a los pueblos españoles del tiempo colonial y así tener mayor control de la fuerza laboral, eliminado posteriormente el “repartimiento” y la “encomienda”.

Para que los llamados por los españoles “pueblos de indios” pudieran tener una autoridad sobre ellos que resolviera los conflictos entre ellos, al restaurarse la nobleza indígena se determinó la creación de “Cabildos” que eran instituciones muy parecidas al cabido o ayuntamiento de los pueblos españoles en la época colonial, lo que llevó posteriormente a establecer las llamadas “alcaldías indígenas”, que no son otra cosa sino el establecimiento de ayuntamientos en los pueblos indígenas de la época colonial.

Las alcaldías indígenas estaban integradas por autoridades indígenas y efectuaban labores administrativas y judiciales. Estas alcaldías indígenas duraron desde la época colonial hasta ya avanzado el siglo XX. De manera que cuando Guatemala se constituyó en un Estado en 1847, por el entonces Jefe de Estado Rafael Carrera, existían las alcaldías indígenas en los territorios en donde se asentaron los pueblos indígenas y a su vez en los territorios en donde no se asentaron los pueblos indígenas existían alcaldías no indígenas.
Una tradición que subsistió

¿Por qué se menciona todo esto? Porque es un hecho probado en la existencia “institucional” de las autoridades indígenas, quienes estuvieron desde tiempos precoloniales y coloniales, y subsistieron institucionalmente en tiempos posteriores a la Colonia.

Sin embargo, la eliminación de la separación de los pueblos españoles coloniales y los “pueblos de indios” vino a causar el problema sobre ¿Cuál de las dos alcaldías debía prevalecer: si la alcaldía indígena o la alcaldía ladina? De manera que se optó por determinar que en una alcaldía de un solo municipio estaba integrada por un alcalde indígena y un alcalde ladino, uno para resolver asuntos ladinos y otro para asuntos indígenas.

Sin embargo, esto no funcionó, habida cuenta de que en algunos cabildos de pueblos mayoritariamente ladinos, se suprimió la función del alcalde indígena dejando la función de alcalde ladino.

En los municipios con población mayoritariamente indígena se prosiguió con el modelo del alcalde indígena y el alcalde ladino. Eso fue durante el principio del siglo XX cuando coexistieron en el territorio nacional las alcaldías ladinas e indígenas; de hecho, existe mucha información de carácter histórico-jurídico que prueba estos aspectos, hasta la Constitución de 1945 en donde con el afán de crear “un solo ciudadano guatemalteco”, se suprimieron las alcaldías indígenas como instituciones de derecho público, dejando de lado un bagaje histórico y cultural, y se inició el procedimiento con lo que se llamó simplemente La Municipalidad.

Aunque las alcaldías indígenas continuaron ya no son instituciones de derecho público, sino como el reconocimiento de los pueblos indígenas a la autoridad indígena, ya no se logró el reconocimiento a estas autoridades indígenas, que posteriormente con el conflicto armado interno, se persiguió todo liderazgo.

Recordemos que el conflicto armado recrudeció en las regiones mayormente habitadas por pueblos indígenas en el oriente del país, de manera que muchas alcaldías indígenas que aún existían fueron ocultándose bajo las instituciones religiosas llamadas Cofradías, existen datos históricos que demuestran que los cofrades resultaron ser autoridades de alcaldías indígenas. De manera que el conflicto armado interno, contribuyó al desaparecimiento temporal de estas instituciones.
Resurgimiento de las alcaldías indígenas

Con la firma de la paz, también trajo consigo el resurgir de estas instituciones ancestrales de autoridad indígena, y de allí que, además de alcaldías indígenas que siempre se mantuvieron al menos visibles como la de Sololá y Chichicastenango, han ido resurgiendo otras más en pueblos como en el departamento de San Marcos: Alcaldía Indígena de San Miguel Ixtahuacán, en el departamento de Huehuetenango: Alcaldía Indígena de Jacaltenango, Todos Santos Cuchumatán, San Juan Atitlán y Santa Bárbara; en el departamento de Totonicapán: Alcaldía Indígena de Momostenango y Totonicapán; en el departamento de Sololá:, Nahualá, Santa Catarina Ixtahuacán, Santiago Atitlán, Panajachel y Santa Catarina Ixtahuacán; en el departamento de Quiché: Alcaldía Indígena de Chajul, Nebaj, San Juan Cotzal, Sacapulas, San Pedro Jocopilas, Santa Cruz del Quiché, Joyabaj; en el departamento de Alta Verapaz: Alcaldía Indígena de Chisec, en el departamento de Baja Verapaz, Alcaldía Indígena de Cubulco y en el departamento de Chimaltenango: alcaldía Indígena de San Juan Comalapa y Santa Cruz Balanyá.
Reforma constitucional

Si se preguntan ¿Qué tiene que ver todo esto con las reformas constitucionales que quieren establecer la jurisdicción indígena? Es muy sencilla la respuesta: No se puede establecer la jurisdicción si no se institucionaliza la autoridad para aplicarla. El Derecho tiene como característica principal la certeza, la certeza en la institucionalidad.

El sistema de derecho indígena es una realidad, pero no puede aplicarse en medio de la incertidumbre, debe institucionalizarse la autoridad indígena, y para ello es netamente necesaria que estas instituciones sean legítimas. Legítimas no solo para los pueblos indígenas, sino que legítimas de manera ancestral e histórica.

Se debe aplicar el derecho indígena por las autoridades indígenas, pero considerablemente esta autoridad debe ser visible, determinable, y por ello es necesario abogar para que estas autoridades, que originalmente tenían la función de administrar e impartir justicia, sean las autoridades que hoy en día puedan aplicar el derecho indígena.

La aplicación del derecho indígena a través de las alcaldías indígenas puede ser que logre mejores resultados, como sucede en muchas alcaldías indígenas de Guatemala, como la alcaldía Indígena de Sololá, de Chichicastenango, de Zacualpa para citar algunos ejemplos, o por algunos alcaldes comunitarios que la han aplicado en Santa Cruz del Quiché, cuyos casos se han documentado.

La jurisdicción indígena no es un asunto de que si se aplica en todo el país o en los territorios o poblaciones indígenas, es evidente que la aplicación de la ley debe tener aspectos de territorialidad, tal y como lo determina el mismo concepto de jurisdicción: la potestad de aplicar la norma jurídica en determinado territorio. O bien tampoco es un asunto de que si se aplica a ladinos o indígenas, claro que para ello existe el concepto del fuero, de la comisión de hechos ilícitos en un territorio, que pueden subsanar estos aspectos.

El hecho cierto es que mientras no se institucionalice las autoridades indígenas no se va a poder aplicar el derecho indígena, puesto que la forma de determinación de las autoridades indígenas sería demasiada amplia, por lo que resulta mucho más fácil, establecer una alcaldía indígena con funciones jurisdiccionales, que determinar a quién de algunas autoridades indígenas le corresponde la facultad de ejercer jurisdicción.

Sobre el control jurisdiccional de las resoluciones tomadas en ejercicio del derecho indígena resulta sumamente importante que sea la Corte de Constitucionalidad la instancia para determinar si lo resuelto no viola normas constitucionales o bien derechos humanos.
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Fuente: Servindi

viernes, 20 de mayo de 2016

Necesitamos Estados con dignidad.


Francisco Eguiguren Praeli. Foto: Jonathan Hurtado/Servindi

"Necesitamos Estados con dignidad" señaló Francisco Eguiguren Praeli, Comisionado y Relator de Pueblos indígenas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), sobre el comportamiento de los gobiernos frente a los tratados comerciales y las inversiones del sector extractivo en sus territorios.

Según el relator, de nacionalidad peruana, la globalizacion económica y la gran incidencia de actividades extractivas no solo tienen repercusión a nivel económico en los países americanos, sino que los territorios, los recursos naturales y, sobre todo, las personas, tienen gran relevancia cuando se evalúan si los Estados asumieron con responsabilidad la protección de los derechos.

"Es el Estado el que debe empezar adoptando normas y exigiendo su cumplimiento" señala Eguiguren al indicar que el nivel de exigencias en los estados americanos debe elevarse en función de los convenios interncionales de derechos humanos que los países suscribieron libremente.

De esta manera, el derecho a la consulta previa en el marco de acuerdos comerciales como el Acuerdo Transpacífico o TPP (por sus siglas en inglés), debe ser respetado y ejercido en caso los pueblos indígenas estén involucrados en algunas de las particularidades de los tratados de inversión.


La entrevista fue realizada por Paulina Acevedo, integrante del Observatorio Ciudadano de Chile, en el marco del Seminario Internacional “Tratados de Inversión, Megaproyectos e impactos sobre los derechos de los pueblos indígenas” los días 25 y 26 de abril en la ciudad de Lima, Perú.

Francisco José Eguiguren Praeli fue elegido Comisionado el 16 de junio de 2015 por la Asamblea General de la Oorganización de los Estados Americanos para el período de cuatro años (2016 - 2019). Es abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Cuenta con un Magíster en Derecho Constitucional y Doctorado en Humanidades. Además, fue Ministro de Justicia en el 2011 y Embajador del Perú en España de 2012 a 2014.

Fuente: Serrvindi

sábado, 27 de junio de 2015

Mapa global señala a los peores países para los trabajadores.



La Confederación Sindical Internacional (CSI) acaba de publicar un estudio que clasifica a 141 países en función de 97 indicadores reconocidos internacionalmente para evaluar la protección de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, tanto en la legislación como en la práctica.

Según el Índice Global de los Derechos elaborado por CSI, los diez peores países para los trabajadores y trabajadoras son Belarús, China, Colombia, Egipto, Guatemala, Pakistán, Qatar, Arabia Saudita, Suazilandia y Emiratos Árabes Unidos.

“En 73 de los 141 países analizados, los trabajadores son víctimas de despidos, suspensiones, recortes salariales y reducción de categoría por intentar negociar mejores condiciones de trabajo, mientras que en 84 países los empleadores adoptan estrategias ilegales para denegar o demorar la negociación con los sindicatos representativos”, sostiene el informe.

El Índice Global de los Derechos de la CSI asigna a cada país una serie de puntos en función de 97 indicadores. De acuerdo con la puntuación total obtenida, los países se clasifican de acuerdo a los siguientes grupos:

1. Violaciones irregulares de los derechos: 16 países incluyendo Finlandia y Uruguay

2. Violaciones repetidas de los derechos: 26 países incluyendo Japón e Irlanda

3. Violaciones regulares de los derechos: 36 países incluyendo Israel y Australia

4. Violaciones sistemáticas de los derechos: 27 países incluyendo Polonia y Estados Unidos

5. Derechos no garantizados: 27 países incluyendo Belarús, China y Nigeria

5+ Derechos no garantizados debido a la desintegración del Estado de derecho: nueve países incluyendo Siria, República Centroafricana y Palestina.

Los derechos laborales en el Perú

El Índice Global de los Derechos de la CSI ubica al Perú en la clasificación 4: “Violaciones sistemáticas de los derechos laborales”.

El informe menciona también varios casos de abusos a los derechos humanos y sindicales en el país:

En septiembre de 2014, Luis Cárdenas, un dirigente sindical en Prosegur, fue víctima de un brutal y violento ataque cerca de su domicilio.

El 21 de junio de 2014, Juan Carlos Talavera Flores, secretario de prensa del Sindicato Único de Técnicos Aeronáuticos de LAN Perú (SITALANPE), denunció haber sido detenido irregularmente.

En abril de 2014, el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Risk Control, contratista del sector petrolero, denunció agresiones físicas y atentados contra la vida y la salud de los trabajadores. Estos hechos sucedieron mientras brindaban servicios de vigilancia a las operaciones de la empresa Savia Perú.
Datos

En prácticamente el 60 por ciento de los países, ciertas categorías de trabajadores están privadas de sus derechos laborales fundamentales.

En 11 países, uno más que el año pasado, se han registrado asesinatos de sindicalistas. Tan solo en Colombia se cometieron 22 de estos crímenes.

En el 60 por ciento de los países hay trabajadores que no tienen derecho a hacer huelga.

En dos terceras partes de los países se deniega a los trabajadores el derecho a la negociación colectiva.

La Confederación Sindical Internacional (CSI) es una confederación de centrales sindicales nacionales, cada una de las cuales agrupa a los sindicatos de ese país en particular.

Cuenta con 328 organizaciones afiliadas en 162 países en los cinco continentes, con una membresía total que ronda los 176 millones de trabajadores y trabajadoras, de los que el 40 por ciento son mujeres.

El informe “Índice Global de los Derechos de la CSI: Los peores lugares del mundo para los trabajadores” puede descargarse con un clic en el siguiente enlace [PDF, 102 páginas, 3,6 MB]:http://www.ituc-csi.org/IMG/pdf/survey_global_rights_index_2015_es.pdf

Fuente: Servindi

viernes, 30 de enero de 2015

Para los Bancos no hay Derechos Humanos.-


Uno de los sectores más atrasados en la incorporación de las políticas que protegen y promueven los derechos humanos es el financiero. Más de la mitad de los bancos ni siquiera reconoce la existencia de tales derechos en sus normativas internas. Por ello, generalmente están involucrados, por medio de financiamiento, en el traslado forzoso de comunidades, el trabajo infantil, la apropiación de tierras con respaldo militar y la violación del derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación


Carey L Biron*/IPS

Sólo la mitad de los principales bancos internacionales aplican políticas de respeto de los derechos humanos, según una nueva investigación, a pesar de que así lo exige una serie de principios que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) adoptó para guiar las actividades de las empresas trasnacionales.

De los 32 bancos examinados, los investigadores encontraron que ninguno ha puesto en marcha públicamente un proceso que aborde las violaciones de los derechos humanos. Tampoco cuentan con mecanismos de reclamación para que las personas afectadas por los abusos puedan quejarse.

La investigación, publicada por BankTrack, una red internacional de organizaciones no gubernamentales que vigila las actividades bancarias, se conoce más de 3 años después de la adopción de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos.

Estos principios, aprobados por unanimidad por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en 2011, especifican una serie de acciones y obligaciones para todas las empresas, incluidas las del sector financiero.

Algunos de “los bancos que abarca este informe […] financiaron empresas y proyectos que implicaron el traslado forzoso de comunidades, el trabajo infantil, la apropiación de tierras con respaldo militar y la violación del derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación”, denuncia la investigación, publicada el 2 de diciembre de 2014.

“Las políticas y procesos, abiertos al escrutinio público y respaldados por informes adecuados, son herramientas importantes para que los bancos se aseguren de que este tipo de abusos no se produzcan, y que cuando lo hacen, aquellos cuyos derechos fueron afectados tengan el derecho a un recurso efectivo”, señala.

“Si estas políticas y procedimientos han de tener sentido, entonces el financiamiento para este tipo de ‘negocios dudosos’ deberá, eventualmente, acabar”, añade.

Uno de los bancos estudiados, JPMorgan Chase, es uno de los principales financistas en Estados Unidos del aceite de palma, a través de préstamos e inversiones de capital. Aunque la institución tiene una política de derechos humanos, los investigadores de BankTrack hallaron que sólo la aplica a los préstamos y no a las inversiones.

“Cuando se trata de presentar informes sobre su aplicación, el banco no cumple, por lo que la política es poco más que decorativa”, afirmó Jeff Conant, de Amigos de la Tierra Estados Unidos, una organización que investiga el financiamiento del aceite de palma.

La financiación privada en la actualidad facilita casi toda la gama de la actividad empresarial, pero Conant destaca que “las instituciones financieras no están obligadas a responder por sus actos”.
Conclusiones aleccionadoras

Pero el nuevo estudio indica que algunos bancos están bien encaminados para cumplir con los Principios Rectores. El banco mejor clasificado, el holandés Rabobank, recibió 8 de 12 puntos posibles, seguido de cerca por Credit Suisse y UBS.

Sin embargo, éstas son las excepciones. El puntaje promedio apenas llegó al 3, mientras que muchos recibieron una calificación de cero, entre ellos instituciones chinas, de la Unión Europea y Estados Unidos.

De hecho, Bank of America, una de las mayores instituciones financieras del mundo, recibió sólo 0.5 puntos de 12, y eso porque expresó algún tipo de compromiso para realizar investigaciones relacionadas con los derechos humanos.

“Las conclusiones de este informe son bastante aleccionadoras acerca de lo que puede esperarse de los principios de autorregulación”, observó el argentino Aldo Caliari, del Center of Concern, un centro de investigación con sede en Washington.

“Los Principios Rectores son el mínimo indispensable de cualquier marco de derechos humanos en el sector empresarial, un marco que tiene el consentimiento de las empresas. Así que el hecho de que haya tan escasa adhesión a una herramienta relativamente débil… Es muy revelador”, expresó.

A pesar de la diversidad de casos, el sector financiero en su conjunto tomó nota de los Principios Rectores.

En 2011, cuatro bancos europeos se reunieron para discutir las posibles consecuencias de los principios para el sector. Luego se sumaron tres bancos más a lo que ahora se conoce como el Grupo de Thun, y en octubre de 2013 la agrupación publicó un documento inicial sobre los resultados de estas discusiones, con recomendaciones para su cumplimiento.

Un conjunto ya existente de pautas voluntarias para el sector bancario, conocido como los Principios del Ecuador, también se actualizaron en 2013 para reflejar la existencia de los Principios Rectores. Hasta el momento, los Principios del Ecuador fueron ratificados por 80 instituciones financieras en 34 países.

“Hasta la fecha, los esfuerzos de los bancos para poner en práctica los Principios Rectores de la ONU giraron principalmente en torno a la producción de documentos de debate sobre el mejor camino a seguir”, indicó Ryan Brightwell, autor del nuevo informe.

“Tres años y medio después de la puesta en marcha de estos Principios, es hora de pasar a su aplicación”, exhortó.
Fortalecimiento de la rendición de cuentas

Las conclusiones sobre la escasa aplicación de los Principios Rectores fortalecerá la posición de aquellos que desean modificarlo o sustituirlos. Algunos sugieren un cambio de marco para que las instituciones financieras reciban un tratamiento distinto al de otros sectores.

El “sector financiero exige un tratamiento de excepción con respecto a la aplicación de los Principios Rectores”, escribió en 2013 Caliari.

“Las compañías financieras, más que otras empresas, tienen el potencial, con un cambio de conducta, de influir en la conducta de otros actores. Eso significa que también se debe esperar de ellas un mayor nivel de responsabilidad cuando no lo hacen”, explicó.

Caliari y otras personas integran un movimiento que busca ir más allá de los marcos voluntarios, del tipo de los Principios Rectores, para adoptar un mecanismo vinculante.

Este objetivo, que ya lleva décadas de trabajos, recibió un importante impulso en junio, cuando el Consejo de Derechos Humanos de la ONU votó a favor de permitir el inicio de negociaciones para un tratado vinculante en torno a las empresas trasnacionales y sus obligaciones de derechos humanos. En esa misma sesión también se aprobó otra resolución para fortalecer la ejecución de los Principios Rectores.

Los nuevos datos sobre la relativa falta de cumplimiento de los Principios Rectores por parte de los bancos son una de las razones por las que crece el número de adeptos a un tratado jurídicamente vinculante, según Caliari.

“Es cada vez más claro que los mecanismos que se basan en el consentimiento de las empresas no pueden ser la totalidad de los mecanismos de rendición de cuentas disponibles. Se necesita más”, subrayó el integrante del Center of Concern.

*Traducido por Álvaro Queiruga

Carey L Biron*/IPS

Fuente: Apia Virtual

viernes, 24 de octubre de 2014

Guatemala y Honduras: La disolución de los derechos humanos y la depredación de defensores


Ollantay Itzamná

Los griegos enseñaron que los derechos humanos son principios éticos innatos a todo ser humano, y conforme despierta la razón, sus portadores van tomando consciencia y ejerciéndolos. Siglos después, los europeos inculcaron que los humanos tienen derechos en la medida que el Legislador los va otorgando.
A los primeros se los denominó iusnaturalistas. A los segundos, iuspositivistas. En el primer caso, los estados sólo reconocen derechos ya preexistentes. En el segundo, son los estados quienes crean y otorgan los derechos. Es importante este detalle sobre el origen, porque de ello depende quién o cómo se defiende los derechos.

Las religiones, en especial las monoteístas, tarde ingresaron en el debate de los derechos humanos. La Iglesia Católica, por ejemplo, hasta casi finalizado el siglo XIX, siguió concibiendo los derechos humanos como una doctrina “pestilente” (Sylabus de Pío IX).

Para los pueblos de Abya Yala, el asunto es un tanto distinto. Nosotros asumimos que los derechos no son monopolio exclusivo de los humanos, sino una cualidad universal compartida por todos los seres que coexistimos en la comunidad cósmica. Estos derechos compartidos tienen su origen y su historia en la misma cosmogénesis. De allí proviene la razón de ser de la fraternidad cósmica.

La diferencia entre humanos y los demás seres no es ontológica, sino deontológica (deber ser). Por nuestra condición de consciencia diferenciada, estamos llamados a ser cuidadores, jardineros (criadores) de los derechos de toda la comunidad cósmica. Los derechos humanos dependen de los derechos de la Madre Tierra.

Derechos humanos aparentes en la era de los estados naciones

El derecho positivo internacional, y los estados naciones actuales, presas de la filosofía antropocéntrica y especista, progresivamente fueron reconociendo y legislando sólo los derechos humanos con carácter universal. Pero, incluso el carácter universal de los derechos humanos no es más que una falacia. No sólo porque los mecanismos y procedimientos de aplicabilidad de dichos derechos son altamente racistas y nortecéntricas, sino porque las sociedades adineradas del Norte mantienen su estilo de vida gracias a la sistemática violación de los derechos de las sociedades del Sur.

A esto se suma que el carácter antropocéntrico y especista de los derechos humanos positivos ha dañado al límite la capacidad autoregulativa y regenerativa del planeta (negando sistemáticamente los derechos a nuestra Madre Tierra), al límite de colapsarla. Quizás porque jamás se dieron cuenta que nuestros derechos dependen de los derechos de la Madre Tierra

Situación de los derechos humanos en Guatemala y Honduras

Guatemala y Honduras, países protegidos y consentidos por el Estado “adalid” y “defensor universal” de los derechos humanos, es una evidencia del fracaso del discurso humanista del Norte. En estos países, al igual que en muchos otros, el Norte y Europa jamás permitieron procesos de cambios sociopolíticos estructurales tendientes a universalizar los derechos para todos los humanos, porque ello implicaba afectar los privilegios de sus agentes económicos.

Al grado que en estos estados naciones casi bicentenarios, el derecho humano más elemental como es el derecho a la vida se constituye en un privilegio existencial que cada quien debe preservarla a cada instante.

Guatemala y Honduras, al igual que otros países, firmaron y ratificaron casi la totalidad de los convenios y declaraciones internacionales referentes a los derechos humanos. En sus ordenamientos jurídicos incorporaron incluso hasta los derechos humanos de la tercera generación. Pero, en ninguna otra época de la historia, en esta tierra donde florecieron milenarias civilizaciones, el valor de la vida humana se ha devaluado tanto como ahora.

Ni tan siquiera en el período que duró la invasión militar española (siglo XVI) o norteamericana (siglo XX, dictaduras y genocidios) se llegó a asesinar a bala a un promedio de 20 a 25 personas por día, como ocurre ahora. La situación es aún más escalofriante si le ponemos atención a las silenciosas muertes diarias por cáncer, diabetes, desnutrición, etc. ¿Dónde están los derechos humanos para ellos/as? ¿Dónde está el Estado de Derecho para ellos/as?

No se cuenta con defensores profesionales de derechos para este contexto. Las y los agentes técnicos-profesionales juristas apenas estaban capacitados para defender el derecho a la propiedad. En las universidades no se forman a abogados defensores para los derechos sociales, ni económicos, mucho menos para los ecológicos, ni para los derechos colectivos de los pueblos.

El sistema neoliberal disolvió a los estados, activó la violencia generalizada y expulsa a la diáspora a guatemaltecos y hondureños

En estos países, los estados naciones, en su origen e historia, fueron esencialmente racistas, clasistas, machistas y especistas. Los estados se constituyeron como herramientas para la acumulación de los privilegios de unos pocos, y para la dominación material y cultural de las grandes mayorías.

Por aquí, la democracia y la ciudadanía no pasaron de ser retórica. En los hechos, las grandes mayorías jamás dejaron de ser súbditos obedientes y creyentes de las élites violentas. Los grupos de poder utilizaron y utilizan a las iglesias, escuelas, leyes, entidades públicas, organizaciones políticas, medios de información, etc., para anular el pensamiento, la memoria y la dignidad de los pueblos. En estos territorios no se pudo consolidar el Estado nación, ni la ciudadanía. Por tanto, tampoco el cumplimiento y ejercicio de derechos. Las personas saben de memoria la Biblia, pero de sus derechos, casi nada.

En estas condiciones llegó la imposición del sistema neoliberal para despojar los bienes y derechos que la colonia española y norteamericana no habían logrado llevarse consigo. Esta tercera invasión de corporaciones desterritorializadas, en menos de dos décadas, diluyó y diluye casi por completo los derechos humanos, de primera, segunda, tercera, hasta de la cuarta generación.

El principal enemigo del sistema neoliberal era y es el Estado de Derecho y la ciudadanía (con derechos). Por tanto, achicar o aniquilar el Estado de Derecho (convertirlo en su gendarme), y transformar a “ciudadanía” en consumidores, era el objetivo principal de este sistema. En el caso de Guatemala y Honduras, con aparentes Estados de Derecho, y ciudadanía casi inexistente, el neoliberalismo no tuvo mayor oposición para sus objetivos.

Pero, lo que quizás no contemplaron los promotores de la nueva religión neoliberal fue que los estados aparentes no tenían suficiente autoridad como para subordinar a los pueblos a los intereses de los nuevos amos.

En estos casi dos décadas de la omnipotencia de la religión neoliberal, el desempleo galopante, el crecimiento sin precedentes de la brecha entre ricos y empobrecidos, la destrucción de ecosistemas y expulsión de poblaciones enteras de sus territorios, la corrupción endémica en el sistema judicial, legislativo y ejecutivo, etc., generaron una violenta desintegración de las sociedades. Territorios completos quedaron bajo el control total de la industria del narcotráfico y el crimen organizado.

La incertidumbre y el libre mercado de armas obligaron a la gente a armarse. Al grado que la autoridad legal no sólo se diluye irremediablemente, sino las personas resuelven sus conflictos interpersonales a bala y machete. Las pequeñas empresas pagan doble impuesto (impuesto de guerra al crimen organizado, e impuesto fiscal al Estado).

Muchas otras empresas privadas simplemente abandonan estos países al no poder lidiar con la violencia generalizada. Al mismo tiempo, millones de guatemaltecos y hondureños son expulsados por el sistema neoliberal hacia la trágica ruta al Norte. En fin, algunos agentes del sistema neoliberal incluso hacen dinero con la industria de la violencia y de la estampida migratoria.

A esta incertidumbre existencial, producto de la disolución de las instituciones estatales y la violenta desintegración de las sociedades, se suma la incertidumbre alimenticia, climática, hídrica, etc. Guatemala y Honduras, países tropicales y muy sensibles a las variaciones hidrometeorológicas se encuentran catalogados como países de riesgo climático límite superados sólo por otros como Bangladesh. El control del agua y de la tierra está activando conflictos violentos entre ricos y empobrecidos. Las sequías y huracanes generan tantas perdidas económicas que el PIB de estos países se reduce más año que pasa.

Defensores/as de derechos, enemigos internos de los estados

En este contexto de las consecuencias del sistema neoliberal la tarea de la defensa de los derechos, y la defensa de las y los defensores de derechos se encuentra en alerta roja. No únicamente porque los agentes del sistema neoliberal (empresarios hidromineros, palmeros, cañeros, etc.) catean a defensores de derechos como los enemigos de “su desarrollo”, sino porque los mismos gobernantes consideran que la defensa de los derechos es una actividad subversiva en contra de la seguridad interna del país. Es decir, en estos dos países, el o la defensora de derechos es “enemigo interno del Estado”.

Esta es otra evidencia de la falacia de la vigencia de los derechos humanos en estos países. Las personas conscientes, individual o colectivamente, se atreven a defender los derechos, ante el silencio cómplice o permisivo de los estados (llamados a garantizar dichos derechos), pero, el propio Estado, lejos de agradecer y promover defensores, los criminaliza. Sólo porque los derechos humanos y sus defensores se constituyen en un estorbo para el funcionamiento del sistema neoliberal.

Es estos países se persigue, encarcela y asesina a defensores/as como si se tratase de cualquier escoria de la sociedad. Lejos de investigar a los culpables se los premia con la impunidad. Y así, el anti sujeto se impone en el imaginario colectivo generando miedo y sumisión.

Pueblos indígenas en defensa de los territorios

Ante la ausencia de la “ciudadanía” organizada para defender los derechos humanos anulados por el sistema neoliberal, surgen con fuerza y de manera simultánea los “no ciudadanos” para defenderse y defender los derechos en estos países. Estos sujetos colectivos “no ciudadanos” son los pueblos indígenas, quienes jamás formaron parte de los estados racistas, ni fueron tomados en cuenta como ciudadanos.

Estos pueblos, que en Guatemala son mayoría demográfica, y en Honduras una minoría casi anulada, se articulan localmente alrededor de los derechos colectivos reconocidos en el convenio 169 de la OIT y en la Declaración Universal sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Derechos como el de Tierra-Territorio, Consulta Previa y Autodeterminación son las banderas con las que estos nuevos sujetos sociopolíticos intentan frenar el avance de la rearticulación del capital por despojo y expulsión emprendida por las empresas y corporaciones neoliberales.

Los proyectos de minería, hidroélectricas, expansión del sistema eléctrico plan Puebla-Panamá, monocultivos, etc. son resistidos pacíficamente por las comunidades y pueblos organizados. Pero, la reacción de los estados (gendarmes de las empresas privadas) tampoco se deja esperar. Asesinan selectivamente a las y los dirigentes. Persiguen penalmente a cuantos se movilizan en resistencia. Pero, la resistencia indígena sigue y crece más en Guatemala que en Honduras.

Los pueblos indígenas al defender el el territorio, no sólo están defendiendo el derecho que tiene el pueblo al agua, a los bosques, al suelo, a las identidades culturales, etc., sino desde la perspectiva de la integralidad o de la fraternidad cósmica todos los seres que cohabitan en el territorio tienen derechos. Y, del cumplimiento de esos derechos depende la satisfacción del bienestar y los derechos humanos. Este es el sentido de la propuesta de la reconstitución de las territorialidades. Por eso, los procesos de la resistencia colectiva en defensa de los territorios están hilvanados por vivencias y reencuentros con las y los ajaus, las y los formadores, las y los ancestros, etc.

En aquellas ceremonias mayas, casi clandestinas, las y los presentes en resistencia comparten sus comidas y bebidas para fortalecerse como sujetos colectivos. Al mismo tiempo, dan de comer y beber a los ajaus (espíritus protectores de las fuentes de agua, de los cerros, de los bosques, de las personas), a las y los ancestros, a las y los mártires, para así todos juntos fortalecerse y mantenerse en la defensa de los derechos que asisten a toda la comunidad cósmica.

Aún no existen leyes especiales sobre los derechos colectivos de los pueblos indígenas, mucho menos de los derechos de la Madre Tierra. Pero, las acciones colectivas de resistencia en defensa de estos derechos no sólo manifiestan la desobediencia creciente, sino la proclamación de que “los derechos de la Madre Tierra y de los pueblos no dependen de la voluntad estatal. Mucho menos cuando el Estado es excluyente y racista con los “no ciudadanos”.

Éste es el sentido de la defensa de los derechos colectivos de los pueblos y de la Madre Tierra. En un contexto en el que el sistema neoliberal diluye los derechos humanos, y los estados declaran como sus enemigos internos a todo defensor/a de derechos, los nuevos sujeto colectivos se levantan con un planteamiento inesperado para el sistema: la reconstitución de los territorios para garantizar por sí mismos los derechos para todos/as en esas unidades territoriales.